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Direct Request (CEACR) - adopted 1992, published 79th ILC session (1992)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Panama (Ratification: 1970)

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1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período comprendido entre octubre de 1989 y junio de 1990. Según indica en su memoria, el Gobierno concede a la variable empleo una alta prioridad, habiendo sido elaborada una Estrategia Nacional de Desarrollo y Modernización Económica y poniéndose en práctica un Fondo de Emergencia Social (FES) destinados a lograr una mayor adecuación entre la oferta y la demanda de mano de obra. La Estrategia Nacional comporta reformas y reglamentaciones a la legislación del trabajo para flexibilizar la mano de obra, la creación de zonas multisectoriales para la exportación, modernización del transporte, la revisión del sistema de tributación y transformaciones en el área educativa. El Gobierno sostiene que los objetivos de empleo y de reactivación económica no son el resultado de una política directa o de acciones directas del Estado sino el resultado de la operación del sistema económico. Sin embargo, para preservar a los sectores vulnerables a los ajustes que produce la nueva estrategia de desarrollo - cuyas medidas deberían dar resultados en el mediano y largo plazo - se estableció un programa de acción social con la finalidad de definir normas y ejecutar acciones que tengan por objeto brindar oportunidades de empleo e ingresos y satisfacer las necesidades básicas de la población. Por su parte, el FES está encargado de realizar los objetivos del programa de acción social, entre los que figuran el de generar empleos (decreto ejecutivo núm. 146, de 20 de mayo de 1990). Se desarrollan también programas de empleo temporal a través de los clubes cívicos para la reparación de calles, escuelas, instalaciones comunitarias, etc. El Gobierno señala que la tasa de desempleo abierto se calculó, en junio de 1990, en 17 por ciento (superior a las tasas elevadas del decenio anterior - 12,3 por ciento, 10,5 por ciento y 11,6 por ciento en 1985, 1986 y 1987, respectivamente - que la Comisión había notado en su observación de 1989).

2. La Comisión espera que el Gobierno continuará con sus esfuerzos para formular y llevar a cabo, "como un objetivo de mayor importancia", una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Confía en que se tomarán en consideración los efectos en el empleo de las medidas adoptadas para fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales (artículos 1 y 2 del Convenio). En este sentido, agradecería al Gobierno que continúe enviando como hasta el presente memorias detalladas sobre la aplicación del Convenio, incluyendo, en particular, informaciones sobre los resultados alcanzados por las medidas adoptadas en el marco del FES y de los programas de empleo temporal, así como los efectos sobre el empleo productivo y libremente elegido de las medidas adoptadas para favorecer la creación de zonas multisectoriales para la exportación.

3. Artículo 3. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene indicaciones sobre el modo en que los representantes de las personas interesadas son consultados en relación con la política del empleo. Espera que, en su próxima memoria, el Gobierno hará referencia a las consultas con los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y asimismo a las consultas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado, en relación con las medidas de política del empleo que se disponga ejecutar.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión toma nota con interés del informe y evaluación final del proyecto PAN/86/010, ejecutado - entre 1987 y 1990 - por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, el PNUD y el PREALC en materia de "políticas y programas de empleo". La Comisión espera que el desarrollo regular de las actividades emprendidas en el marco del proyecto contribuirán a desarrollar una política "activa" del empleo. Confía en que se dará curso a las recomendaciones del informe y evaluación final del proyecto, en particular en lo que se refiere al aprovechamiento adecuado de los recursos humanos que intervinieron en el curso del proyecto. La Comisión le agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya indicaciones sobre los factores que han impedido o retrasado las acciones iniciadas en el marco del proyecto PAN/86/010, así como sobre otras acciones emprendidas como consecuencia de la asistencia técnica brindada por la Oficina en el área de la política del empleo.

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