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Observation (CEACR) - adopted 2011, published 101st ILC session (2012)

Medical Examination of Young Persons (Underground Work) Convention, 1965 (No. 124) - Bolivia (Plurinational State of) (Ratification: 1977)

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Observation
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En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de que el Ministerio de Trabajo, con la asistencia técnica del Instituto Boliviano de Normalización y Calidad (IBNORCA), elaboró un reglamento a la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, relativo al trabajo de adolescentes en la industria, comercio, minería y agricultura. Ruega al Gobierno que informe sobre los progresos realizados en lo que respecta a la adopción de este texto.
La Comisión toma nota de la información proporcionada en la memoria del Gobierno presentada en virtud del Convenio sobre el examen médico de los menores (industria), 1946 (núm. 77), según la cual el reglamento de aplicación de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar no se ha aprobado. Sin embargo, en su memoria el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social está elaborando un nuevo proyecto de ley sobre higiene y seguridad ocupacional. Observando que el Estado Plurinacional de Bolivia ratificó el Convenio hace más de 30 años, la Comisión expresa la firme esperanza de que el proyecto de ley sobre higiene y seguridad ocupacional se adopte próximamente a fin de dar efecto a las disposiciones del Convenio. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información sobre todos los progresos realizados a este respecto.
Parte V del formulario de memoria. Aplicación práctica. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma buena nota de que el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social presentó el 22 de agosto de 2011, el Sistema de Inspección de Trabajo Infantil (SITI), que permitirá obtener información sobre el número de niños y adolescentes que trabajan en el país. La Comisión toma nota de que este sistema de inspección se basa en un cuestionario tipo cuyo objetivo es evaluar las condiciones de trabajo de estos niños y adolescentes y que se interesa, entre otras cosas, en la cuestión del examen médico de aptitud para el empleo. En relación con la introducción del nuevo Sistema de Inspección de Trabajo Infantil, la Comisión ruega al Gobierno que en su próxima memoria comunique información sobre el número de niños y adolescentes cubiertos por el Convenio, así como extractos de informes de los servicios de inspección.
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