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Observation (CEACR) - adopted 2012, published 102nd ILC session (2013)

Migration for Employment Convention (Revised), 1949 (No. 97) - Philippines (Ratification: 2009)

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La Comisión toma nota de las primera y segunda memorias del Gobierno y de la información legislativa y estadística que se adjunta.
Estadísticas de corrientes migratorias. La Comisión toma nota de que Filipinas es principalmente un país de emigración y que según estadísticas de la Comisión de Filipinos en el Extranjero (CFO), 9 452 984 filipinos trabajaban y vivían en el extranjero a diciembre de 2010. De ese total, el 47 por ciento son residentes permanentes en el país de destino, y el 45 por ciento son trabajadores filipinos en el extranjero que se espera que regresen al finalizar su contrato de empleo. El 8 por ciento restante del total estimado de filipinos en el extranjero se encuentra en situación irregular (por ejemplo, indocumentados o sin permiso de trabajo o residencia válido o que prolongan su estancia en el extranjero. El número más elevado de filipinos en el extranjero con carácter permanente se encuentra en América (3 481 263, principalmente en los Estados Unidos y el Canadá), mientras que el número más elevado de filipinos que residen temporalmente en el extranjero se encuentra en el Asia Occidental (2 717 046, principalmente en Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos, Qatar, Kuwait y Bahrein) y en el Asia Meridional y Oriental (644 446, principalmente en China – Región Administrativa Especial de Hong Kong, Japón, Malasia, Taiwán y Singapur). Asimismo, la Comisión toma nota de las estadísticas compiladas por la Administración Filipina del Empleo en el Exterior (POEA) de que de los 340 279 filipinos que fueron enviados al extranjero en 2010, el 55 por ciento eran mujeres, en su mayoría empleadas en los sectores de servicios. La Comisión toma nota del informe del Gobierno presentado ante el Comité de las Naciones Unidas sobre los Trabajadores Migrantes en el que se señala que, según datos más recientes, hay 36 150 trabajadores extranjeros en Filipinas (CMW/C/PHP/1, de 7 de marzo de 2008, párrafos 36 a 45). La Comisión ruega al Gobierno que continúe proporcionando información detallada sobre el número de trabajadores filipinos en el extranjero (contrataciones y recontrataciones) por sectores económicos, sexo y país de destino. Sírvase también facilitar estadísticas actualizadas, desglosadas por sexo y nacionalidad, así como por sectores económicos, sobre el número de migrantes que han llegado a Filipinas por razones de empleo.
Legislación, políticas y estructuras de promoción y protección de los derechos de los trabajadores migrantes. La Comisión toma nota con interés del amplio marco jurídico y de políticas de aplicación del Convenio, que pone de manifiesto el compromiso del Gobierno para promover y proteger los derechos de los trabajadores migrantes filipinos. La Comisión toma nota, en particular: de la Ley de la República (RA), núm. 8042 sobre los Trabajadores Migrantes y Filipinos en el Extranjero, de 1995, enmendada por la RA núm. 9422 para reforzar las funciones reglamentarias de la Dirección de Empleo en el Extranjero de 2006; la RA núm. 10022, por la que se mejora, entre otros objetivos, la protección y la promoción del bienestar de los trabajadores migrantes, sus familias y de los filipinos en dificultades en el extranjero, y el Reglamento de aplicación de la Ley sobre los Trabajadores Migrantes y los Filipinos en el Extranjero, de 1995; la RA núm. 9208, Contra la Trata, de 2002; el Reglamento de la POEA, que rige la contratación y empleo de los trabajadores en territorio extranjero, de 2002, y las políticas generales de la Dirección de Asistencia Social a los Trabajadores en el Extranjero (OWWA). La Comisión también toma nota con interés de que Filipinas ha ratificado varios instrumentos internacionales de importancia significativa para los trabajadores migrantes, en particular la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990), el Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975 (núm. 143), y, más recientemente, el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189).
Además, la Comisión toma nota con interés de los numerosos programas relativos a los filipinos en el exterior que abarcan todas las etapas del proceso migratorio (antes del embarque, llegada al país de destino y retorno), así como las estructuras de ayuda a los trabajadores migrantes filipinos, con inclusión de la Comisión de Filipinos en el Extranjero (CFO), el Centro Nacional de Reintegración de los Trabajadores Migrantes en el Extranjero (NRCO), la OWWA, la Administración Filipina del Empleo en el Exterior (POEA), el Departamento de Trabajo y Empleo (DOLE), la Autoridad de Educación Técnica y Desarrollo de las Calificaciones (TESDA), el Consejo Interinstitucional Contra la Trata (IACAT), el Departamento de Relaciones Exteriores (DFA) y las Oficinas Filipinas de Trabajo en el Extranjero (POLOs), así como de los agregados laborales y consulados en el extranjero que se ocupan de las cuestiones de los trabajadores migrantes. La Comisión toma nota, en particular, de que la CFO se encarga de la ejecución de una serie de programas destinados a los filipinos que emigran de manera permanente a otros países, entre los que se incluyen los seminarios de orientación que se imparten a los filipinos antes de su partida (PDOS), el Programa de Orientación y Asesoramiento para cónyuges y parejas, el Programa de Asesoramiento entre Compañeros, y el Programa de Enseñanza Comunitaria. La Comisión también toma nota del importante papel y funciones de la POEA, encargada de la contratación y colocación de trabajadores filipinos en el extranjero. Las actividades de la POEA incluyen la selección, la derivación al examen médico, el procesamiento de contratos, la asistencia y obtención de pasaportes y visados, los seminarios de orientación previos al empleo, y los seminarios para prevenir el reclutamiento ilegal, así como los seminarios de orientación previos a la partida y sobre las disposiciones de viaje. Los PDOS son obligatorios para todos los trabajadores filipinos que parten al extranjero contratados mediante acuerdos entre gobiernos y aquellos directamente contratados por un empleador extranjero sin la ayuda de una agencia de contratación («contratados a título personal»). Los seminarios de orientación se ofrecen en coordinación con las unidades gubernamentales locales y están destinados a proporcionar a los futuros trabajadores en el extranjero información sobre la realidad de la migración internacional del trabajo, incluyendo sus riesgos y dificultades. Además, se ofrecen información, programas y servicios sobre cuestiones de género, que incluyen cursos preparatorios sobre las condiciones de trabajo y de vida a las futuras trabajadoras migrantes. La Comisión también toma nota de que en las oficinas de las embajadas filipinas en los países en los que existe un gran número de trabajadores de esa nacionalidad se han establecido Centros de Ayuda a los Trabajadores Migrantes y otros Filipinos Expatriados (MWRC). Estos centros proporcionan una amplia gama de servicios, que incluyen el asesoramiento y servicios jurídicos; asistencia social, información, asesoramiento y programas para promover la integración social, incluida la orientación posterior a la llegada; el registro de los trabajadores indocumentados, la formación y mejoramiento de las calificaciones, programas y actividades que tengan en cuenta las cuestiones de género destinados a atender las necesidades especiales de las trabajadoras migrantes; programas de orientación para los migrantes de retorno, y seguimiento de la situación relativa a los trabajadores migrantes. En el Departamento de Relaciones Exteriores se ha creado el cargo de Asesor Jurídico para Asuntos de los Trabajadores Migrantes y el Fondo de Asistencia Jurídica (RA 8042) con el fin de garantizar que los trabajadores filipinos en el exterior tengan acceso a mecanismos de reparación adecuados mientras están empleados en el extranjero. El Consejo Nacional de Reintegración para los Trabajadores en el Extranjero (NRCO) presta servicios de reintegración a los trabajadores migrantes filipinos utilizando un enfoque completo de la migración, que abarca las fases previas a la partida, en el lugar de destino y de retorno. Los servicios incluyen orientación aritmética elemental, asesoramiento, y asistencia respecto de las oportunidades de empleo locales y en el extranjero, capacitación y perfeccionamiento, mejora del nivel de vida y desarrollo de aptitudes empresariales. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las actividades emprendidas por las instituciones antes mencionadas para dar efecto a las disposiciones del Convenio y promover y proteger los derechos de los trabajadores filipinos en el extranjero.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud enviada directamente al Gobierno.
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