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Observation (CEACR) - adopted 2012, published 102nd ILC session (2013)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Ireland (Ratification: 1967)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas de política del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno en su memoria, recibida en agosto de 2012, y de la información proporcionada por el Departamento de Educación y Formación. La Comisión toma nota de que la memoria anterior se recibió en 2005, y que desde entonces el país se ha visto fuertemente golpeado por la crisis económica y financiera y ha conocido un importante aumento del desempleo. El Gobierno de Irlanda ha recibido apoyo financiero de la Unión Europea y del Fondo Monetario Internacional (FMI) a fin de afrontar la crisis bancaria. En su memoria el Gobierno indica que, desde que en el último trimestre de 2007 se alcanzó la cifra de 2 140 000 personas empleadas, se han perdido 325 000 empleos, a saber, un 15 por ciento (el producto interno bruto real, en comparación, descendió un 12,5 por ciento desde que alcanzó su máximo nivel). Aunque se ha reducido tanto el empleo masculino como femenino, la pérdida de empleos en el caso de los hombres ha sido más significativa ((20,4 por ciento) que la pérdida de empleos en el de las mujeres ((8,4 por ciento) debido a la predominancia de los primeros en el sector de la construcción. El impacto en los jóvenes (de 15 a 24 años de edad) también ha sido importante, y representa más de la mitad del total de los empleos perdidos. La Comisión toma nota de las medidas de formación y educación introducidas por el Gobierno y de que, en 2011, había aproximadamente 276 000 plazas de formación y educación continua a disposición de los desempleados. Asimismo, los datos estadísticos de Eurostat indican que en Irlanda, en agosto de 2012, el desempleo alcanzó el 15 por ciento. El Gobierno indica en su memoria que considera que entre las dificultades que plantea el mercado laboral de Irlanda, cabe citar: una baja demanda del mercado de trabajo, especialmente en los servicios nacionales; elementos estructurales y a largo plazo en lo que respecta al desempleo, y el hecho que el desempleo a largo plazo represente el 51,5 por ciento del desempleo total; acceso a oportunidades para mejorar las cualificaciones y la reconversión; el desafío de dirigir los programas de actividades más eficaces en términos de costos hacia las personas que corren un mayor riesgo de perder el contacto con el mercado de trabajo y caer en el desempleo de larga duración; y responder de forma más eficaz y directa a las necesidades de los desempleados y eliminar los elementos que desincentivan el aprovechamiento de las oportunidades de formación, educación y empleo. Aunque tienen que abordarse muchos problemas en relación con el mercado de trabajo, el Gobierno sigue centrándose en la creación de empleo a través del crecimiento de las exportaciones y la mejora de la competitividad. La Comisión toma nota de que las iniciativas esbozadas en el Plan nacional de recuperación 2011-2014 en relación con las políticas de activación incluyen: una racionalización del Plan nacional de acción en materia de empleo para aumentar su capacidad y su eficacia; una intervención más frecuente e intensa destinada a los grupos prioritarios; el desarrollo en 2011 de un sistema de perfiles y gestión de casos; sanciones en los casos de personas desempleadas que estén registradas como tales y se nieguen de forma injustificada a cooperar con el plan o con las medidas apropiadas en materia de formación, educación y empleo, y cambios en las prestaciones que se otorgan a las familias monoparentales a fin de revertir la naturaleza pasiva del mantenimiento de los ingresos que prevalece en la actualidad. El Gobierno indica que se compromete a generar un entorno que creará nuevos empleos así como a mantener los que existen. Con este fin, se ha creado una cartera ministerial centrada en los empleos. Además, el Gobierno anunció su intención de presentar una iniciativa en materia de empleos y se comprometió a adherirse a las reformas estructurales necesarias para acelerar el crecimiento, la creación de empleos y la sostenibilidad de la deuda, coincidiendo en líneas generales con las disposiciones del programa de la Unión Europea (UE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Central Europeo (BCE) de apoyo financiero a Irlanda. A este respecto, el Gobierno se compromete a revertir el reciente recorte de salario mínimo nacional y a compensar sus efectos sobre los costos de las empresas, reduciendo el monto de las cotizaciones a la seguridad social ligado a los salarios que deben pagar los empleadores. Habida cuenta de que la próxima memoria se debe presentar en 2013, la Comisión invita al Gobierno a especificar de manera más detallada la manera en que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revisa regularmente las medidas y políticas adoptadas con arreglo a los resultados alcanzados en relación con el cumplimiento de los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido que se contemplan en el artículo 1. La Comisión recuerda que, en virtud de este artículo, se deberá llevar a cabo una política activa de empleo «como un objetivo de mayor importancia». Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre el impacto de sus medidas activas de mercado de trabajo adoptadas a fin de abordar las deficiencias del mercado de trabajo y superar los efectos negativos de las medidas de ajuste.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene información sobre la participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de las políticas del empleo. La Comisión recuerda que en sus conclusiones finales del Estudio General sobre los instrumentos relativos al empleo de 2010 subrayó que el diálogo social es esencial en circunstancias normales, y más aún en tiempos de crisis (párrafo 794 del Estudio General de 2010). Por consiguiente, la Comisión pide nuevamente al Gobierno que transmita información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales tanto en la etapa de formulación como en la aplicación de las políticas del empleo.
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