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Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - España (Ratificación : 1960)

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La Comisión toma nota de la detallada información suministrada por el Gobierno en su memoria, la cual se ha recibido en la Oficina poco tiempo antes de su reunión. La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.), de 29 de mayo de 1995, de la Unión General de Trabajadores (UGT), de 24 de julio de 1995, y de la respuesta de la memoria del Gobierno a estas observaciones. La Comisión se refiere también a las anteriores observaciones de la CC.OO. y de la UGT, de la discusión de la Comisión de la Conferencia en 1992 y a la memoria del Gobierno de noviembre de 1993.

La Comisión toma nota, asimismo, del informe de inspección del trabajo de 1994, así como de la reciente legislación proporcionada por el Gobierno. Finalmente, la Comisión toma nota de la información suministrada por el Gobierno relativa a la preparación, por parte de la Dirección General de la Inspección del Trabajo y Seguridad Social de un proyecto de ley de inspección del trabajo y seguridad social que regulará de manera exhaustiva el sistema de inspección y sustituirá a la legislación actualmente en vigor .

La Comisión examinará toda la información recibida en su próxima reunión. Espera que el Gobierno proporcionará el texto de toda nueva disposición sobre inspección del trabajo y seguridad social y, en particular, el proyecto de ley cuando sea adoptado.

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