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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

Convenio sobre el descanso semanal (industria), 1921 (núm. 14) - Argentina (Ratificación : 1936)

Otros comentarios sobre C014

Observación
  1. 1996
  2. 1995
Solicitud directa
  1. 2013
  2. 2008
  3. 2003
  4. 2000
  5. 1996
  6. 1994

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La Comisión, refiriéndose igualmente a su observación sobre el Convenio, toma nota de que el SOMU había indicado con anterioridad que el Poder Ejecutivo, al adoptar el decreto núm. 845, en aplicación de la ley núm. 24.493, de 31 de mayo de 1995, procedió a vetar el artículo 3 de la ley, que preveía la consulta a las organizaciones sindicales para determinar la inexistencia de mano de obra nacional. La Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar de qué manera se garantiza en la actualidad la aplicación del Convenio en los establecimientos enumerados en el artículo 1 del Convenio, y, en particular, en el sector de la construcción naval. La Comisión se refiere asimismo a los comentarios formulados sobre el Convenio núm. 98.

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