ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3) - Côte d'Ivoire (Ratificación : 1961)

Otros comentarios sobre C003

Observación
  1. 1998

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Recordando sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información facilitada por el Gobierno en su memoria. Toma nota asimismo de la ley núm. 95-15 de 12 de enero de 1995 sobre el Código de Trabajo. A ese respecto, la Comisión comprueba con satisfacción que, en virtud del párrafo 3 del artículo 23.5 del Código de Trabajo, ningún despido puede notificarse a una trabajadora o cobrar efecto durante el período de su descanso de maternidad, de conformidad con el artículo 4 del Convenio.

Por otra parte, se presenta al Gobierno una solicitud directa relativa a la aplicación de los artículos 1 y 3.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer