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Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (núm. 131) - Costa Rica (Ratificación : 1979)

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Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2019

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En sus comentarios anteriores la Comisión había solicitado al Gobierno que siga informando sobre las medidas adoptadas para erradicar las prácticas de exceder los límites de la jornada máxima de trabajo prevista por el marco constitucional y con ello garantizar el respeto de las tasas salariales mínimas por hora para los trabajadores del transporte por carretera. La Comisión toma nota con satisfacción de la indicación proporcionada por el Gobierno en su última memoria según la cual se adoptó con fecha 2 de septiembre de 1998 el reglamento N-27298-MTSS sobre las ?Condiciones laborales y de salud ocupacional de los chóferes de autobuses? que prohíbe la extensión del límite de la jornada de trabajo previsto en sus artículos 9, a) y 17.

La Comisión dirige también al Gobierno una solicitud directa sobre otras cuestiones.

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