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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Nicaragua (Ratificación : 1981)

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La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno en su memoria, en el sentido de que se había procurado llevar a la práctica el principio del tripartismo no sólo respecto del Convenio, sino también en diferentes actividades del Ministerio de Trabajo y de la vida laboral. La Comisión agradecería al Gobierno que proporcionara informaciones más específicas y descriptivas sobre las consultas, precisando las consultas realizadas, indicando, por ejemplo, las recomendaciones que se hayan formulado sobre las consultas celebradas en relación con los puntos inscritos en el orden del día de la Conferencia, o sobre los problemas que pudieran llegar a plantear las memorias que se deben presentar sobre los convenios ratificados (párrafo 1 del artículo 5 del Convenio). Se ruega asimismo se indique la frecuencia de las consultas así como los informes que se hayan elaborado.

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