ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos (agricultura), 1951 (núm. 99) - Granada (Ratificación : 1979)

Otros comentarios sobre C099

Observación
  1. 2013
  2. 2006
  3. 2002
  4. 2001
Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2018

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión lamenta tener que tomar nota de que a pesar de sus repetidas solicitudes, el Gobierno no ha enviado ninguna memoria durante los últimos siete años. Confía que se enviará una memoria para su examen por parte de la Comisión durante su próxima reunión y que contendrá plena información sobre las cuestiones planteadas en su observación anterior, redactada como sigue:

        La Comisión toma nota de que el texto del proyecto de revisión de la legislación del trabajo - que incluye disposiciones sobre la protección y regulación de los salarios - se ha enviado a la Oficina para que ésta realice comentarios. La Comisión espera que la legislación revisada sobre el trabajo entrará en efecto en un futuro próximo y que las nuevas disposiciones sobre las tasas de salario mínimo serán aplicables a la agricultura. Se ruega que proporcione una copia del texto tan pronto como éste haya sido adoptado.

        Además, la Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no ha proporcionado información sobre cómo se aplica el Convenio en la práctica. Cree que el Gobierno proporcionará la información pertinente, incluyendo extractos de los informes de inspección, copias de algunos convenios colectivos que contengan las tasas de salarios, y estadísticas sobre los trabajadores que están cubiertos por los convenios colectivos.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer