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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Ratificación : 1977)

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Consultas tripartitas efectivas. La Comisión toma nota de la detallada memoria del Gobierno para el período que finalizó en mayo de 2004, que incluye su respuesta a la observación de 2002. El Gobierno indica que a la luz de los comentarios recibidos del Congreso de Sindicatos Británicos (TUC), las reuniones se ocupaban sobre todo de los arreglos prácticos; y se han introducido diversos cambios en el formato. Actualmente, las reuniones se centran básicamente en los puntos principales del orden del día que tienen que ser tratados por la Conferencia y el Consejo de Administración, y dan lugar a un completo intercambio de puntos de vista así como a la pronta identificación de las áreas de interés común o de preocupación. Asimismo, el Gobierno mantuvo reuniones separadas ad hoc con los interlocutores sociales. La Comisión se congratula por este nuevo enfoque y confía en que en su próxima memoria el Gobierno continuará informando sobre el funcionamiento de las consultas tripartitas efectivas sobre las cuestiones cubiertas por el Convenio.

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