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Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Convenio sobre la igualdad de trato (accidentes del trabajo), 1925 (núm. 19) - Cabo Verde (Ratificación : 1987)

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Observación
  1. 2010

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Artículo 1 del Convenio. Igualdad de trato. En relación con sus comentarios anteriores sobre los Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925 (núm. 17) y Convenio núm. 19, la Comisión toma nota con satisfacción que en 2007 se adoptó un nuevo Código del Trabajo según el cual los trabajadores extranjeros y sus familias o dependientes, que han sido víctimas de accidentes del trabajo, tienen derecho al mismo tratamiento en lo que respecta a la indemnización que los nacionales de Cabo Verde (artículo 18, 1)).

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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