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Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - República Dominicana (Ratificación : 2001)

Otros comentarios sobre C122

Observación
  1. 2022
  2. 2017
  3. 2015
  4. 2010
  5. 2008
Solicitud directa
  1. 2012
  2. 2006
  3. 2004

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD) y la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), recibidas el 1.º de septiembre de 2021. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto.
Artículos 1 a 3 del Convenio. Formulación y aplicación de una política activa del empleo. Consultas. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el Plan Nacional de Empleo (PNE) adoptado en 2014 no se ejecutó debido a restricciones institucionales y financieras. El Gobierno añade que, si bien, determinados proyectos en el PNE fueron implementados, no se realizaron evaluaciones sobre el impacto de los mismos. La Comisión toma nota de la información disponible en el sitio web del Ministerio de Trabajo relativa al proceso de elaboración de un nuevo Plan Nacional de Empleo (PLANE), con el apoyo del programa de la Unión Europea para la cohesión social en América Latina, denominado «Eurosocial+». El objetivo del nuevo PLANE es promover la creación de 600 000 nuevos empleos decentes para el periodo 2021-2024, 200 000 más que el PNE de 2014. En el proyecto de PLANE se propone, entre otras medidas, incentivos económicos a las inversiones; medidas de formación y capacitación técnica profesional para impulsar el desarrollo del talento humano y la empleabilidad en la población en situación de mayor vulnerabilidad; la modernización del Servicio Público de Empleo; así como apoyo técnico y financiero a los trabajadores independientes, micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) e iniciativas de empleos verdes. La Comisión toma nota también de que la Comisión Nacional de Empleo, órgano tripartito consultor, fue reactivada en mayo de 2021, tras seis años de inactividad, con miras a iniciar el proceso de consulta para el desarrollo del PLANE. El proyecto resultante es el producto de un proceso en el que han participado a través de foros temáticos virtuales y consultas electrónicas numerosos actores, tales como representantes de los interlocutores sociales, diversas entidades gubernamentales, expertos académicos y miembros de la sociedad civil. El 17 de febrero de 2022, se presentó la propuesta del nuevo PLANE a representantes de los interlocutores sociales y organismos públicos para sus comentarios, antes de su redacción final. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, el Gobierno informa de que, según información del Observatorio del Mercado Laboral Dominicano (OMLAD), entre 2018 y 2021, la tasa de ocupación disminuyó del 59,5 por ciento al 56,8 por ciento (71,8 por ciento entre los hombres y 42,9 por ciento entre las mujeres), la tasa de desocupación aumentó del 5,3 por ciento al 8 por ciento (4,6 por ciento entre los hombres y 12,8 por ciento entre las mujeres). La Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre la situación en la que se encuentra la elaboración del nuevo PLANE y que envíe una copia del mismo una vez este sea adoptado. Asimismo, pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre el contenido y los resultados de las consultas celebradas con los interlocutores sociales y los representantes de las personas interesadas, en particular con representantes de los trabajadores en zonas rurales y en la economía informal, en relación con las políticas y programas de empleo. La Comisión pide también al Gobierno que envíe información estadística actualizada, desagregada por edad, sexo y región, que demuestren las tendencias en el mercado de trabajo, incluyendo las tasas de empleo, desempleo y subempleo.
Coordinación de políticas de formación con las políticas de empleo. En su respuesta a los comentarios anteriores, el Gobierno indica que desde 2016 no se disponen de datos sobre el impacto de los programas de formación implementados debido a la falta de recursos económicos. El Gobierno expresa la esperanza de que, tras la implementación de las medidas de recuperación del empleo en el contexto de la pandemia de COVID-19, se logre alcanzar una base que permita realizar estos estudios con facilidad. Por otro lado, el Gobierno se refiere a la implementación del Programa de apoyo a la educación y formación técnico profesional (PRO ETP II), financiado por la Unión Europea y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrolllo (AECID). El Programa tiene como objetivo general fortalecer el Sistema de Educación y Formación Técnico Profesional (EFTP) para responder mejor a las demandas del sector educativo, del sector productivo y a las necesidades de capacitación de la población económicamente activa. Como objetivo específico se propone contribuir al fortalecimiento de los componentes institucionales, normativos y funcionales del sistema nacional de EFTP. En este sentido, se prevé la adopción de medidas con miras a, inter alia, mejorar las capacidades de las instituciones vinculadas al sistema nacional de formación profesional para su participación en la elaboración, implementación, seguimiento y validación del marco nacional de cualificaciones; incrementar las capacidades de las instituciones competentes en la mejora de la calidad y la pertinencia de la oferta de EFTP para articular la oferta con el mercado laboral; y articular el sector privado con los mecanismos de diseño e implementación de políticas en EFTP a través de las alianzas público privadas para el desarrollo. Para alcanzar dichos objetivos se prevé, entre otras medidas, la actualización de la bolsa electrónica de empleo; así como la implementación de un sistema de información laboral que recopile los indicadores del mercado de trabajo y estadísticas de diversas instituciones públicas. Por último, la Comisión toma nota de que, en sus observaciones, las confederaciones de trabajadores indican que el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional ha ampliado la oferta de capacitación y ha llevado a cabo una encuesta para identificar las exigencias de las principales profesiones demandadas y establecer una estrategia relativa a la competencia y aprendizaje que mejore la competitividad del país en el contexto de la era digital y el futuro del trabajo. No obstante, señalan que los planes de formación y capacitación para fomentar el empleo no están coordinados. La Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada, incluyendo estadísticas desglosadas por edad, sexo y región, sobre los diversos programas de formación implementados, incluido el Programa de apoyo a la educación y formación técnico profesional (PRO ETP II), así como el impacto de estos en la obtención de empleos duraderos para hombres y mujeres. En relación con la recopilación de datos sobre el impacto de dichos programas, la Comisión recuerda que puede recurrir a la asistencia técnica de la OIT a este respecto. Asimismo, a la luz de las observaciones de las confederaciones de trabajadores, la Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada sobre cómo se coordinan los diferentes programas de formación y capacitación para el empleo y de qué manera se asegura la consulta con los interlocutores sociales.
Grupos específicos vulnerables a déficits del trabajo decente. La Comisión observa que, según ILOSTAT, en 2020 la tasa global de desocupación entre los jóvenes era del 14,9 por ciento (11,6 por ciento entre las mujeres y 20,7 por ciento entre los hombres), mientras que el 33,7 por ciento de todos los jóvenes no estaban ocupados, ni estudiaban ni recibían formación (44,2 por ciento entre las mujeres y 31,1 por ciento entre los hombres). La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno relativa a las medidas adoptadas para promocionar el empleo entre los jóvenes, tales como la adopción en 2019 del Programa «Primer Empleo», que prevé el acceso al empleo de 6 200 jóvenes de entre 18 y 29 años bajo la modalidad de entrenamiento para la inserción laboral en empresas formales, fomentando en particular la participación de mujeres y madres solteras y de personas con discapacidad. El Gobierno se refiere también a la implementación del Programa «Escuela Taller» que proporciona formación laboral a jóvenes en situación de vulnerabilidad en diversas áreas tales como: artesanía, carpintería, construcción y electricidad. Informa que, desde 2015 al primer semestre de 2021, 571 hombres y 265 mujeres han participado en dicho programa. Asimismo, el Gobierno informa de la discusión del 25 de mayo de 2021 en la Cámara de Diputados del proyecto de ley del Primer Empleo, que permite a los jóvenes recién egresados tener la oportunidad de realizar pasantías o trabajos a medio tiempo en diversas instituciones para que puedan desarrollar conocimientos adquiridos. La Comisión toma nota de que las organizaciones de trabajadores sostienen en sus observaciones que los jóvenes que han terminado la educación superior enfrentan importantes dificultades en el acceso al mercado de trabajo debido a la falta de estrategias de inserción de los jóvenes en el empleo. Sostienen además que existen barreras burocráticas y altas exigencias en relación con los niveles de experiencia previa que dificultan el acceso de los jóvenes al primer empleo o el cambio de trabajo. Además, denuncian que muchos de los empleos que se les ofrecen se caracterizan por la precariedad, la temporalidad y los bajos salarios y no proporcionan oportunidades de desarrollo. Por otro lado, el Gobierno indica que, con miras a promocionar el empleo entre las mujeres, se asegura una adecuada prestación de servicios en igualdad de oportunidades en los programas implementados por el Ministerio de Trabajo y se han llevado a cabo medidas de sensibilización dirigidas a las empresas para fomentar el empleo de mujeres. A este respecto, el Gobierno informa que se ha solicitado a las empresas omitir requisitos de edad y sexo en los perfiles para vacantes de trabajo. Por último, la Comisión se refiere a sus comentarios relativos a la aplicación del Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), en los que toma nota de la detallada información proporcionada por el Gobierno sobre las medidas adoptadas por el Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS) para fomentar el empleo de las personas con discapacidad, así como sobre la implementación de la Ley núm. 5-13 orgánica sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad, cuya sección III establece una cuota del 2 por ciento de contratación de personas con discapacidad en las empresas privadas (comparado con el cinco por ciento en el sector público). La Comisión pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a promocionar el acceso a empleo formal y duradero de los grupos de población vulnerables a los déficits de trabajo decente, en particular jóvenes, mujeres y personas con discapacidad. Pide asimismo al Gobierno que envíe información estadística actualizada sobre el impacto de tales medidas. La Comisión pide también al Gobierno que envíe información actualizada sobre la situación en la que se encuentra la adopción del proyecto de ley de Primer Empleo y que envíe una copia de la misma una vez esta sea adoptada.
Trabajadores migrantes. En su respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que la legislación laboral prohíbe cualquier tipo de práctica discriminatoria en la contratación de personas, sean nacionales o extranjeras, en el marco de un contrato de trabajo o que aspire a un puesto de trabajo (principios IV y VII del Código de Trabajo). El Gobierno informa de que se han capacitado a 3 931 personas, incluidos trabajadores, empleadores y empleados públicos en diversas materias relacionadas con la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el empleo y la ocupación. Asimismo, informa de la creación de la mesa de migración laboral que está conformada por representantes de diversas instituciones nacionales, tales como la Tesorería de Seguridad Social, el Instituto Nacional de Migración y el Ministerio de Relaciones Exteriores. A este respecto, el Gobierno indica que cuenta con el asesoramiento y acompañamiento de la Organización Internacional para las Migraciones y la Organización Internacional de Trabajo. La Comisión toma nota de la aprobación el 22 de enero de 2021 de la resolución 119-21 con la que se normaliza la situación migratoria irregular de los nacionales venezolanos en territorio dominicano. Mediante esta resolución, los nacionales venezolanos que hayan ingresado en territorio dominicano haciendo uso de una tarjeta de turista o un visado expedido por las autoridades dominicanas, y que hayan permanecido en territorio nacional más allá de la vigencia autorizada, podrán ser beneficiarios de una extensión de permanencia y aplicar por un permiso de no residente en las subcategorías de estudiante o trabajador temporero. La Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre la naturaleza y el impacto de las medidas adoptadas para prevenir abusos en la contratación de trabajadores extranjeros en el país, incluyendo la resolución 119-21, y de trabajadores nacionales que emigran para encontrar oportunidades de empleo en el exterior, incluidas aquellas adoptadas en el marco de la mesa de migración laboral.
Economía informal. La Comisión toma nota de que, con base en el informe del programa «Eurosocial+» de 28 de septiembre de 2021 relativo a la actualización del PLANE, la informalidad se ha instalado en el país como un problema estructural derivado de un modelo económico que mantiene un crecimiento sostenido en sectores que no crean empleo o lo generan de forma precaria. Además, el Gobierno indica que, como consecuencia de la pandemia, se produjo un aumento de la informalidad, especialmente en los sectores del comercio y la construcción. Según información estadística del OMLAD, la tasa de informalidad en 2021 era del 57,7 por ciento (61,7 por ciento entre los hombres y 51,5 por ciento entre las mujeres). A este respecto, se prevé que el PLANE incluya medidas para el desarrollo de políticas pasivas de empleo, así como el establecimiento de políticas para la protección social de trabajadores informales y la reducción de la informalidad en el mercado de trabajo. Asimismo, el Gobierno informa de la implementación de diversas medidas con miras a combatir la informalidad en el contexto de la pandemia a través del apoyo a las mipymes, tales como la implementación del programa de recuperación con el que se destinaron 4 100 pesos dominicanos para financiar mipymes. Por último, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno, desagregada por sexo, edad y región relativa al número de trabajadores formales que se incorporaron al mercado de trabajo por primera vez entre 2012 y julio de 2021. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre la naturaleza y el impacto de las medidas adoptadas para combatir la elevada tasa de informalidad en el país.
Micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno sobre las medidas adoptadas para facilitar la creación de mipymes y de cooperativas en el país. El Gobierno se refiere, entre otras medidas, a la implementación desde 2013, de la Ventanilla Única de Formalización (VUF) para facilitar la creación de mipymes en todas las provincias del país. La Comisión toma nota con interés de la indicación del Gobierno de que, gracias al funcionamiento de la VUF, se ha reducido el tiempo y el coste del registro de empresas. Informa de que, entre 2014 y 2020, el porcentaje de empresas registradas a través de la VUF aumentó del 1,56 por ciento al 66 por ciento del total de empresas creadas. Según el Departamento de Políticas para mipymes, entre 2012 y 2021 se constituyeron 229 358 empresas a través de los canales presenciales y entre octubre de 2013 a junio de 2021, se constituyeron 36 695 empresas a través del portal web FormalízateRD. No obstante, el Gobierno indica que no dispone de información sobre el número de empleos generados por las nuevas empresas. Asimismo, el Gobierno indica que se prevé la modificación de la Ley 127-64 de Asociaciones Cooperativas y su reglamento de aplicación, con el objetivo de modernizar esta figura, así como adecuar la normativa para simplificar los trámites administrativos de creación. El Gobierno añade que, entre 2012 y 2021, se crearon 479 cooperativas, 133 agropecuarias y 2 cooperativas relativas al comercio. En lo que respecta a las políticas de adjudicación de contratos públicos a las pymes, el Gobierno indica que, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Ley 488-18, el 15 por ciento de las compras de bienes y servicios de las instituciones públicas deben ser efectuadas a mipymes, y el 20 por cierto a aquellas lideradas por mujeres (con más del 50 por ciento en participación accionaria o capital social). Por último, el Gobierno indica que el análisis del impacto de la política de compras y contrataciones públicas en las mipymes y mujeres de 2016 reveló un impacto positivo en las empresas beneficiaras, que experimentaron mayores beneficios económicos, mayor profesionalización y menor rotación de su personal, así como un aumento del salario promedio de sus trabajadores. La Comisión toma de las observaciones de las organizaciones de trabajadores, que indican que en julio de 2021 se alcanzó un acuerdo tripartito por el que se modifica la fijación de salarios, ya que la anterior metodología empleada para fijar los salarios no incluía a las mipymes, lo que afectaba a la situación de precarización e informalidad laboral de sus trabajadores. Las organizaciones de trabajadores también señalan que la Ley 688-16, sobre emprendimiento, fue adoptada sin consultar previamente a los interlocutores sociales e informan de que, en virtud de dicha ley, las empresas calificadas en la misma quedan exentas del pago de la cotización por conceptos de pensiones durante los tres primeros años a partir de la fecha de formalización. Denuncian que esto último obstaculiza el desarrollo del fondo de pensiones de los trabajadores, retrasando en edad el acceso de los mismos a una pensión. La Comisión pide al Gobierno que continue enviando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para facilitar la creación de mipymes y de cooperativas, particularmente en regiones desventajadas con las tasas de desempleo más altas. En particular, pide al Gobierno que envíe información sobre la situación en la que se encuentra la modificación de la Ley 127-64 de Asociaciones Cooperativas, así como su reglamento de aplicación. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que envíe información estadística sobre el número y tipo de empresas creadas. En relación con la recopilación de información estadística sobre el número de puestos de trabajo creados por dichas empresas, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre cualquier progreso realizado a este respecto y le recuerda que puede recurrir a la asistencia técnica de la OIT a este respecto. Por último, la Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el impacto de las políticas de adjudicación de contratos públicos a las pymes.
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