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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

1. Contribución del servicio del empleo a la promoción del empleo. La Comisión toma nota con interés de la información detallada y completa que contiene la memoria del Gobierno, recibida en septiembre de 2006, en respuesta a su solicitud directa de 2005. El Gobierno informa que, en 2000-2005, los servicios de empleo permitieron la colocación de 734.600 solicitantes de empleo, ofrecieron servicios de intermediación a 84.900 personas desocupadas para que obtengan licencias para hacer negocios e involucraron a 296.400 solicitantes de empleo en actividades de clubes de trabajo. Durante el mismo período, 727.900 personas se beneficiaron de programas activos de política laboral — incluyendo a 130.100 personas desocupadas en programas de desarrollo profesional y otras personas que recibieron notificaciones de despido, 481.900 personas beneficiaron de programas de apoyo para el empleo.

2. El Gobierno informa que los siguientes cinco proyectos, financiados por el Fondo Social Europeo, se prepararon en 2004 y ejecutaron en 2005: desarrollo profesional de personas desocupadas y de personas despedidas, apoyo para el empleo de los desempleados, integración en el mercado de trabajo de las personas con discapacidad para prevenir la exclusión social, aplicación de medidas activas del mercado de trabajo para penados y personas liberadas de la cárcel, y refuerzo de la capacidad administrativa del Servicio Nacional de Empleo. La Comisión advierte que en la memoria del Gobierno se indica que dichos proyectos permitieron que otras 10.700 personas desempleadas beneficien de programas de medidas activas del mercado de trabajo. La Comisión se complace de continuar recibiendo informaciones sobre las actividades del Servicio Nacional de Empleo y sobre aquellas actividades que se hayan realizado para tratar las necesidades específicas de categorías particulares de personas. La Comisión desea seguir siendo informada sobre aquellas actividades de los proyectos de cooperación técnica que tengan como objetivo mejorar el acceso al empleo de los solicitantes de empleo.

3. Artículo 3 del Convenio. Desarrollo de las oficinas de empleo en todo el país. La Comisión toma nota que el Servicio Nacional de Empleo cuenta con el apoyo de 46 oficinas locales en las ciudades y en los distritos. El Gobierno informa que se discute la posibilidad de establecer un servicio nacional de empleo a nivel regional o a nivel de las municipalidades. Si se decide el establecimiento a nivel regional de instituciones del trabajo, parte de las funciones que le caben a nivel nacional al Servicio Nacional de Empleo serán delegadas a nivel regional creando las condiciones para descentralizar la administración del mercado de trabajo. La Comisión se complace de continuar recibiendo informaciones sobre los resultados del examen de factibilidad de establecer servicios regionales de trabajo y de las medidas tomadas para revisar, llegado el caso, la red de oficinas de empleo para cumplir con las distintas necesidades de la economía y de la población activa.

4. Artículo 4. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la información comunicada sobre la composición y funciones del consejo tripartito establecido por el Ministerio de Seguridad Social y Trabajo. La Comisión toma nota también que se conformaron comisiones tripartitas bajo la responsabilidad del Servicio Nacional de Empleo y de los servicios locales para tratar los temas relacionados con la situación en el mercado del trabajo y poder brindar servicios y ejecutar la política del mercado de trabajo. La Comisión se complace de continuar recibiendo informaciones sobre los arreglos que se han realizado en el marco del consejo y de las comisiones tripartitas para que los representantes de los empleadores y de los trabajadores cooperen para la organización y funcionamiento del servicio del empleo y en el desarrollo de la política del servicio del empleo, incluyendo informaciones sobre los resultados y recomendaciones que dichos organismos hayan formulado.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

La Comisión toma nota con interés de la información comunicada en respuesta a sus comentarios anteriores, así como de otra información sobre los progresos sustanciales que el Gobierno ha realizado en la expansión de sus servicios de empleo. Toma nota, en particular, de los grandes esfuerzos del Gobierno para englobar a los representantes de la sociedad civil en el desarrollo de políticas y de programas relativos al servicio del empleo, incluida una organización no gubernamental que ayuda a los ex reclusos a reintegrarse en la sociedad y organizaciones que representan a las personas con discapacidad.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

No disponible en español.
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