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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 337, Junio 2005

Caso núm. 2215 (Chile) - Fecha de presentación de la queja:: 12-AGO-02 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 33. En su reunión de mayo-junio de 2004, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 334.° informe, párrafo 241]:
    • a) habida cuenta de las circunstancias de este caso, el Comité pide una vez más al Gobierno que adopte las medidas necesarias para asegurar que el dirigente sindical Sr. Yapur Ruiz sea reintegrado en su puesto de trabajo al menos hasta tanto se resuelva el último recurso presentado ante la justicia y que lo mantenga informado del desarrollo de la situación, y
    • b) en cuanto a los alegatos relativos al Sindicato de la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, ESVAL S.A., el Comité pide al Gobierno que realice una investigación al respecto y que le mantenga informado de su resultado.
  2. 34. En su comunicación de fecha 21 de febrero de 2005, el Gobierno envía numerosas informaciones sobre las cuatro sentencias ordenando la reincorporación del dirigente sindical Sr. Erik Dusan Yapur Ruiz y sobre un nuevo recurso del empleador ante la Corte de Apelaciones con ocasión de la ejecución de la sentencia de primera instancia.
  3. 35. En cuanto a las supuestas prácticas antisindicales por parte de la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, ESVAL S.A. en contra del Sindicato y de su presidente y único socio, don Aquiles Mercado, el Gobierno declara que el Sindicato aludido se encuentra actualmente en receso como consecuencia de lo resuelto por el Tribunal Electoral Regional de la V Región de Valparaíso que dispuso dejar sin efecto todos los actos efectuados por el Sr. Aquiles Mercado, en representación del Sindicato, que fueran posteriores al 20 de marzo de 2003, especialmente aquellos que se refieren a la reforma de sus estatutos. Esta condición de recesión se mantendrá en la medida que no logre reunir el quórum mínimo necesario de socios para reactivarse y mientras no se declare su disolución por un tribunal competente. El Gobierno informa, sin embargo, que el Sr. Aquiles Mercado terminó su relación laboral con la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, ESVAL S.A. y ambas partes suscribieron el respectivo finiquito a su entera satisfacción.
  4. 36. El Comité toma nota del conjunto de observaciones del Gobierno. El Comité pide al Gobierno que le comunique el texto de la sentencia definitiva que se dicte en relación con el despido del dirigente sindical Sr. Yapur Ruiz y pide nuevamente al Gobierno que tome las medidas a su alcance para asegurar que sea reintegrado en su puesto de trabajo hasta tanto se resuelva el último recurso judicial presentado después de las sucesivas decisiones judiciales ordenando su reintegro. El Comité deplora el retraso que se ha producido en los procedimientos.
  5. 37. En cuanto a los alegatos relativos al Sindicato de la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, ESVAL S.A., el Comité toma nota de que el Gobierno declara que el Sindicato está en receso por no reunir el número mínimo legal de socios, así como de que el presidente del Sindicato, Sr. Aquiles Mercado suscribió con la empresa un finiquito de terminación de la relación laboral. En estas condiciones, el Comité recuerda que los alegatos se referían a presiones y persecuciones por parte de la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región, ESVAL S.A. especialmente contra el Sr. Aquiles Mercado y otros dirigentes (alegatos estos que se remontaban a 1996 [véase 331.er informe, párrafo 197]) y no proseguirá el examen de los mismos.
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