134. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2010 y en esa ocasión presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 358.º informe, aprobado por el Consejo de Administración en su 309.ª reunión (noviembre de 2010), párrafos 172 a 219].
- 134. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2010 y en esa ocasión presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 358.º informe, aprobado por el Consejo de Administración en su 309.ª reunión (noviembre de 2010), párrafos 172 a 219].
- 135. El Gobierno envió sus observaciones por comunicación de 21 de febrero de 2011.
- 136. Argentina ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).
A. Examen anterior del caso
A. Examen anterior del caso
- 137. En su reunión de noviembre de 2010, el Comité formuló las recomendaciones siguientes [véase 358.º informe, párrafo 219]:
- a) el Comité observa con preocupación la gravedad de los alegatos presentados en este caso (represión violenta de manifestantes, detención temporal de dirigentes sindicales y manifestantes, ataques con armas de fuego contra el domicilio de un dirigente sindical y contra una sede de la UOCRA, secuestro temporal con fines intimidatorios de un dirigente sindical e injerencia de las autoridades provinciales en la constitución de una organización, etc.), lamenta profundamente el clima de violencia que se desprende de los alegatos y urge al Gobierno a que de inmediato tome las medidas necesarias para que se realicen investigaciones sobre todos los hechos alegados y que envíe sus observaciones y las de las autoridades de la provincia de Chubut al respecto;
- b) el Comité espera firmemente que la UOCRA pueda de inmediato disponer de su sede sindical en la ciudad de Comodoro Rivadavia. El Comité pide al Gobierno que le informe al respecto. Asimismo, el Comité urge al Gobierno a que tome las medidas necesarias para que se realice una investigación detallada sobre la alegada destrucción y apropiación de bienes y valores de la UOCRA durante la toma de la sede y pide que le informe al respecto. El Comité queda a la espera de la respuesta de las autoridades de la provincia de Chubut en relación con estos alegatos;
- c) el Comité pide al Gobierno que envíe sus comentarios en relación con la posible realización de una misión de contactos directos que debería centrar sus esfuerzos de cooperación en la situación de la libertad sindical en la provincia de Chubut, y
- d) el Comité llama la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.
B. Respuesta del Gobierno
B. Respuesta del Gobierno
- 138. En su comunicación de 21 de febrero de 2011, el Gobierno manifiesta que como primera cuestión debe indicar que la organización política de la República Argentina es de naturaleza federal. En consecuencia la nación detenta la representación exterior de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Constitución Nacional. Señala el Gobierno que por ello, su respuesta está circunscripta a lo manifestado por la provincia de Chubut. Añade el Gobierno que la situación ventilada en las presentes actuaciones — que ha sido calificada de grave por la OIT — no se repite en ninguna otra jurisdicción del país.
- 139. Informa el Gobierno que la provincia sostiene que las cuestiones ventiladas en la queja de la UOCRA se refiere no sólo a supuestas prácticas antisindicales sino que también hace especial énfasis en la posible existencia de una campaña de persecución contra uno de sus dirigentes, en concreto contra el secretario general de la seccional Puerto Madryn de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina — UOCRA — Sr. Mateos Suárez. Expresa el gobierno de la provincia que la UOCRA a fin de justificar sus dichos relata lo sucedido el 11 de noviembre de 2009 en ocasión de que la entidad sindical decide cortar el acceso de la única vía de ingreso a la villa turística de Puerto Pirámide en el marco de una huelga de solidaridad motivada por el conflicto creado por el despido de 34 trabajadores de la empresa Dragados y Obras Portuarias S.A. (DYCASA). Ello así, conforme surge de los trascendidos y publicaciones periodísticas de aquel momento, la entidad sindical ante el despido de 34 trabajadores que se desempeñaban para la firma DYCASA resuelve realizar una huelga por «solidaridad» y llamativamente se manifestó que la harían en el ingreso a la villa turística mencionada.
- 140. Continúa manifestando el gobierno provincial que días antes, la Cámara de Turismo y Pobladores de la villa balnearia le manifestaron su preocupación al Gobernador, atento que dicha comunidad es exclusivamente turística y el corte se realizaría sobre el único acceso a ella, perjudicando no sólo a los comerciantes en su actividad sino también a quienes viven allí. El Gobernador solicitó que tal medida de fuerza no se lleve adelante, y de ser así dice, que se verá en la necesidad de intervenir a los fines de desalojar la ruta. Asimismo, recuerda a los dirigentes que el corte de la ruta constituye un delito penal. Expresa la autoridad provincial que ocurridos los hechos, se envían efectivos policiales a los fines de prevenir posibles situaciones violentas, con la única instrucción de resguardar la paz, el orden social y garantizar el libre tránsito de aquellos que quisieran ingresar a la villa de Puerto Pirámide.
- 141. La autoridad provincial sostiene que ante la presencia policial los manifestantes reaccionaron negativamente y los disturbios se sucedieron y por tanto se hizo necesaria la intervención de los efectivos a los fines de contener el accionar de los manifestantes y que posteriormente, el Sr. Mateos Suárez expresó que injustamente el poder político provincial instruyó a la policía provincial a dispersar a los manifestantes desconociendo el derecho de los trabajadores. Manifiesta que resulta necesario resaltar que el accionar policial meramente se limitó a intentar reducir las acciones violentas, lejos de ser, como mencionó el dirigente Sr. Mateos Suárez en reiteradas declaraciones a la prensa «objeto de la más cruda y desmesurada represión policial…». Los acontecimientos arrojaron como saldo la detención del mencionado dirigente, imputándole los delitos de desobediencia (artículo 239 del Código Penal), corte de ruta (artículo 194 del Código Penal) e instigación al delito (artículo 209 del Código Penal).
- 142. En cuanto a las medidas de acción directa, argumenta el gobierno provincial que la realizada por la UOCRA se encuadra en el marco de una huelga «por solidaridad», la cual no es lícita por sí, exigiéndose un juicio cuidadoso y razonable de la expresión solidaridad que debe estar vinculada a la índole de la huelga. Asimismo, la autoridad provincial narra que la medida de fuerza se daba contemporáneamente a una serie de denuncias contra el Sr. Mateos Suárez, que incluyen diversos delitos — golpizas, pagos irregulares y sustracción de dinero de los trabajadores o pedidos de aportes económicos a cambio de consentir la flexibilización de las condiciones de trabajo debajo de los mínimos y que a partir de allí, la situación se tomó más violenta aún. Según el gobierno provincial todo ello se agravó por las denuncias de los empresarios involucrados, que lentamente decidieron presentarse a declarar ante la justicia, con grupos de disidentes, reclamando la renuncia del dirigente sindical por no considerarse representados por él.
- 143. La autoridad provincial relaciona estos hechos con el enfrentamiento producido en el mes de noviembre de 2009 en la sede de la obra social del gremio en Puerto Madryn, entre un grupo de trabajadores desocupados y dirigentes de la UOCRA. En dicha oportunidad la policía debió intervenir a fines de custodiar las instalaciones de la obra social y así evitar que fuera tomada por el grupo opositor. Afirma además, que los trabajadores le manifestaban que los discriminan por no pensar como la dirigencia y evitan que puedan trabajar por eso exigen la renuncia de la conducción. Según el gobierno provincial, esta situación provocó la reacción de la población en general, comerciantes y vecinos de la zona, quienes repudiaron lo sucedido dando lugar a que la autoridad judicial pida el desafuero del Sr. Mateos Suárez, quien ahora está imputado de lesiones graves contra dos personas. En este contexto, la preocupación del gobierno provincial crece, ya que en los desmanes que se suceden se ve comprometida la integridad de la población, que se ve obligada a buscar refugio cada vez que estos grupos se encuentran (finalmente expresa que no se puede dejar de mencionar que en uno de estos incidentes se vio involucrado un jardín de infantes de la ciudad de Puerto Madryn). Añade que dadas las circunstancias y el nivel de violencia alcanzado, resultó imperiosa la intervención de la policía, no para cercenar los derechos constitucionales de expresarse libremente sino para contener los incidentes y restablecer el orden en la comunidad.
- 144. El gobierno provincial se ha manifestado en reiteradas ocasiones en repudio de estos hechos, declarando que su única prioridad es garantizar la seguridad pública y la paz social, por tanto ha exhortado a que los problemas sindicales sean resueltos de una forma pacífica por los canales que correspondan. Afirma que pese a ello estas situaciones no cesan. Por ejemplo, el 3 de diciembre de 2009, 17 trabajadores denuncian que van a ser despedidos de la firma JS Construcciones por presiones del Sr. Mateos Suárez, ya que pertenecen a una agrupación llamada «Obreros Unidos del Chubut» (grupo interno opositor a la actual conducción de la UOCRA), en venganza por la manifestación realizada y en la cual hubo enfrentamientos, incluso disparos. Añade que el 5 de octubre de 2010 se apersonaron trabajadores de la construcción para pronunciarse en contra del mandatario provincial. La virulencia de los manifestantes se exteriorizó cuando el Gobernador dejó el edificio vecinal y se subió al vehículo oficial que fue rodeado por este grupo de personas que impedía su salida. Ante la imposibilidad de poder avanzar, el mandatario descendió del rodado y comenzó a caminar recibiendo insultos provenientes del grupo, al mismo tiempo que se arrojaban piedras y botellas, algunas de las cuales impactaron en la luneta trasera del automóvil oficial, generando un estallido, así como también lastimaron a un diputado provincial. El Gobernador radicó la pertinente denuncia ante el Ministerio Público Fiscal contra la UOCRA.
- 145. Por último, el gobierno provincial indica que en razón de lo mencionado, se desprende claramente que no ha realizado maniobras de persecución contra el Sr. Mateos Suárez, sino que éste ha sido imputado por la justicia por diversos delitos comunes que se encuentran en investigación, razón por la cual se ha solicitado su desafuero instalando este tema en la sociedad.
C. Conclusiones del Comité
C. Conclusiones del Comité
- 146. El Comité recuerda que al examinar este caso en su reunión de noviembre de 2010, el Comité observó con preocupación la gravedad de los alegatos presentados en este caso, lamentó profundamente el clima de violencia que se desprende de los alegatos y: 1) urgió al Gobierno a que de inmediato tome las medidas necesarias para que se realicen investigaciones sobre todos los hechos alegados (represión violenta de manifestantes, detención temporal de dirigentes sindicales y manifestantes, ataques con armas de fuego contra el domicilio de un dirigente sindical y contra una sede de la UOCRA, secuestro temporal con fines intimidatorios de un dirigente sindical e injerencia de las autoridades provinciales en la constitución de una organización, etc.), y que envíe sus observaciones y las de las autoridades de la provincia de Chubut al respecto; 2) esperó firmemente que la UOCRA pueda de inmediato disponer de su sede sindical en la ciudad de Comodoro Rivadavia; 3) urgió al Gobierno a que tome las medidas necesarias para que se realice una investigación detallada sobre la alegada destrucción y apropiación de bienes y valores de la UOCRA durante la toma de la sede y pidió que le informe al respecto; y 4) pidió al Gobierno que envíe sus comentarios en relación con la posible realización de una misión de contactos directos que debería centrar sus esfuerzos de cooperación en la situación de la libertad sindical en la provincia de Chubut.
- 147. El Comité toma nota de que el Gobierno señala que la situación a la que se refiere la queja, calificada de grave por la OIT no se repite en ninguna otra jurisdicción del país e indica que el gobierno de la provincia de Chubut informó que: 1) la queja se refiere no sólo a supuestas prácticas antisindicales sino también a la posible existencia de una campaña de persecución contra el secretario general de la seccional Puerto Madryn de la Unión de la Construcción de la República Argentina, Sr. Mateos Suárez; 2) el 11 de noviembre de 2009 la organización sindical UOCRA decidió cortar la única vía de ingreso a la villa turística de Puerto Pirámide en el marco de una huelga de solidaridad motivada por el conflicto creado por el despido de 34 trabajadores de la empresa Dragados y Obras Portuarias S.A. (DYCASA); 3) el Gobernador de la provincia solicitó que la medida de fuerza no se lleve adelante, ya que si no se vería en la necesidad de desalojar la ruta y recordó que el corte de ruta constituye un delito penal; 4) ocurridos los hechos, se enviaron efectivos policiales a los fines de prevenir posibles situaciones violentas, con la única instrucción de resguardar la paz, el orden social y garantizar el libre tránsito de aquellos que quisieran ingresar en la villa de Puerto Pirámides; 5) ante la presencia policial los manifestantes reaccionaron negativamente, los disturbios se sucedieron y por lo tanto se hizo necesaria la intervención de los efectivos policiales, que se limitó a intentar reducir las acciones violentas; 6) los acontecimientos provocaron la detención del dirigente Sr. Mateos Suárez y se le imputó la comisión de los delitos de desobediencia, corte de ruta e instigación al delito; 7) la medida de fuerza se dio contemporáneamente a una serie de denuncias contra el Sr. Mateos Suárez (por los delitos de golpizas, pagos irregulares y sustracción del dinero de los trabajadores) y el gobierno provincial relaciona estos hechos con el enfrentamiento producido en el mes de noviembre de 2009 en la sede de la obra social del gremio en Puerto Madryn cuando la policía debió intervenir para custodiar dicha sede; 8) la autoridad judicial de la provincia pidió el desafuero del Sr. Mateos Suárez, quién está imputado de lesiones graves contra dos personas; 9) el 5 de octubre de 2010 trabajadores de la construcción se pronunciaron en contra del Gobernador de la provincia, lo insultaron y tiraron objetos contra el automóvil oficial; el Gobernador radicó una denuncia contra la UOCRA ante el Ministerio Público Fiscal, y 10) el gobierno de la provincia no ha realizado actos de persecución contra el Sr. Mateos Suárez, sino que éste ha sido imputado por la justicia por diversos delitos comunes que se encuentran en investigación.
- 148. El Comité toma nota de las informaciones comunicadas por el gobierno de la provincia de Chubut en relación con los hechos ocurridos durante la manifestación organizada por la UOCRA en solidaridad con trabajadores de la construcción que habían sido despedidos y con hechos que conciernen al dirigente sindical Sr. Mateos Suárez. Al respecto, el Comité pide al Gobierno que le informe sobre el resultado de los procesos judiciales que se siguen contra el dirigente sindical en cuestión. Por otra parte, el Comité lamenta que el Gobierno no haya comunicado sus observaciones en relación con los otros 11 dirigentes y activistas sindicales que fueron detenidos durante la manifestación: 1) Jonathan Suárez, militante y activista sindical; 2) Benjamín Bustos, militante y activista sindical; 3) Alejandro Jiménez, militante y activista sindical; 4) Richard Villegas, secretario de actas de la seccional Puerto Madryn de la UOCRA; 5) Eliseo Amaya, delegado de obra de la empresa DYCASA; 6) Diego Paz, militante y activista sindical; 7) Mario Bisoso, trabajador de la empresa mencionada, despedido; 8) Carlos Muñoz, trabajador de la empresa mencionada; 9) Darío Valenzuela, trabajador de la empresa mencionada, despedido; 10) Jorge Franco, trabajador de la empresa mencionada, despedido, y 11) Félix Díaz, delegado de la empresa, y le urge a que las envíe sin demora y en particular que indique los hechos concretos que se les reprocharían, si se les ha imputado la comisión de algún delito y su situación procesal.
- 149. El Comité lamenta profundamente que el Gobierno no haya comunicado sus observaciones en relación con los otros alegatos que habían quedado pendientes. En estas condiciones, el Comité: 1) urge al Gobierno a que tome las medidas necesarias para que de inmediato se realicen investigaciones en relación con los alegatos según los cuales: i) el 10 de junio de 2009 se produjo un atentado con armas de fuego en contra de la vivienda del delegado de la UOCRA en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Sr. Ricardo Luis Cheuquepal; ii) a instancia del poder político provincial, se reabrió una causa penal extinguida y agotada en contra de miembros de la seccional Puerto Madryn de la UOCRA; iii) en el contexto de descrédito y criminalización de la UOCRA en favor de una nueva agrupación sindical, con la anuencia del poder político provincial, varias empresas comenzaron a ser objeto de violentas prácticas por parte de esta agrupación y el municipio de la ciudad de Comodoro Rivadavia también fue objeto de un acto violento por parte de personas armadas; iv) un funcionario del gobierno de la provincia de Chubut utilizó medios electrónicos para manifestar conceptos y apreciaciones injuriosas hacia los integrantes de la UOCRA y los integrantes de sus directivas; v) el secretario general de la seccional Ciudad de Trelew de la UOCRA fue secuestrado y bajo amenazas de muerte de su familia fue obligado a hacer declaraciones radiales en contra del Sr. Mateos Suárez; y vi) el 18 de noviembre de 2009 grupos armados llamados «Los Dragones» atacaron las sedes de la UOCRA en las ciudades de Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia. El Comité pide al Gobierno: 1) que le informe sobre el resultado de las investigaciones que se realicen en relación con todos estos alegatos; 2) se asegure que la UOCRA pueda disponer de su sede sindical en la ciudad de Comodoro Rivadavia y que le informe al respecto; 3) tome las medidas necesarias para que se realice una investigación detallada sobre la alegada destrucción y apropiación de bienes y valores de la UOCRA durante la toma de la sede y que le informe al respecto.
- 150. Por último, el Comité observa con preocupación que según surge de la respuesta del gobierno de la provincia de Chubut, existe un clima de tensión entre las autoridades y los trabajadores del sector de la construcción afiliados a la UOCRA (según el gobierno provincial, el Gobernador habría sido insultado por los trabajadores de la construcción y agredido su vehículo, y según lo manifestado en la queja por la UOCRA, «desde la cabeza del gobierno provincial se iniciaron una serie de acciones tendientes a generar desprestigio de esta entidad gremial y obstaculizar el libre ejercicio de las funciones gremiales, con la aviesa finalidad de incentivar la creación de una nueva entidad sindical con alcance local» [véase 358.º informe, párrafo 179]).
- 151. Teniendo en cuenta las anteriores conclusiones, el Comité pide al Gobierno una vez más que acepte una misión de contactos directos para contribuir a apaciguar la situación y hacer presente a las autoridades competentes y a las organizaciones sindicales los principios de la libertad sindical que deben guiar la resolución de los problemas en instancia.
- 152. Observando que el Gobierno se remite en su respuesta a declaraciones del gobierno provincial, el Comité subraya que es responsabilidad del Gobierno nacional que se respeten en la provincia los principios de la libertad sindical.
Recomendación del Comité
Recomendación del Comité
- 153. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
- a) el Comité pide al Gobierno que le informe sobre el resultado de los procesos judiciales que se siguen contra el dirigente sindical Sr. Mateos Suárez. Por otra parte, el Comité lamenta que el Gobierno no haya comunicado sus observaciones en relación con los otros 11 dirigentes y activistas sindicales que fueron detenidos durante la manifestación en protesta del despido de trabajadores del sector de la construcción: 1) Jonathan Suárez, militante y activista sindical; 2) Benjamín Bustos, militante y activista sindical; 3) Alejandro Jiménez, militante y activista sindical; 4) Richard Villegas, secretario de actas de la seccional Puerto Madryn de la UOCRA; 5) Eliseo Amaya, delegado de obra de la empresa Dragados y Obras Portuarias S.A. (DYCASA); 6) Diego Paz, militante y activista sindical; 7) Mario Bisoso, trabajador de la empresa mencionada, despedido; 8) Carlos Muñoz, trabajador de la empresa mencionada; 9) Darío Valenzuela, trabajador de la empresa mencionada, despedido; 10) Jorge Franco, trabajador de la empresa mencionada, despedido, y 11) Félix Díaz, delegado de la empresa, y le urge a que las envíe sin demora y, en particular, que indique los hechos concretos que se les reprocharían, si se les ha imputado la comisión de algún delito y su situación procesal;
- b) el Comité urge al Gobierno a que: 1) tome las medidas necesarias para que de inmediato se realicen investigaciones en relación con los siguientes alegatos de que: i) el 10 de junio de 2009 se produjo un atentado con armas de fuego en contra de la vivienda del delegado de la UOCRA en la ciudad de Comodoro Rivadavia, Sr. Ricardo Luis Cheuquepal; ii) a instancia del poder político provincial, se reabrió una causa penal extinguida y agotada en contra de miembros de la seccional Puerto Madryn de la UOCRA; iii) en el contexto de descrédito y criminalización de la UOCRA en favor de una nueva agrupación sindical, con la anuencia del poder político provincial, varias empresas comenzaron a ser objeto de violentas prácticas por parte de esta agrupación y el municipio de la ciudad de Comodoro Rivadavia también fue objeto de un acto violento por parte de personas armadas; iv) un funcionario del gobierno de la provincia de Chubut utilizó medios electrónicos para manifestar conceptos y apreciaciones injuriosas hacia los integrantes de la UOCRA y los integrantes de sus directivas; v) el secretario general de la seccional Ciudad de Trelew de la UOCRA fue secuestrado y bajo amenazas de muerte de su familia fue obligado a hacer declaraciones radiales en contra del Sr. Mateos Suárez; y vi) el 18 de noviembre de 2009 grupos armados llamados «Los Dragones» atacaron las sedes de la UOCRA en las ciudades de Puerto Madryn y Comodoro Rivadavia. El Comité pide al Gobierno que: 1) le informe sobre el resultado de las investigaciones que se realicen en relación con todos estos alegatos; 2) se asegure que la UOCRA pueda disponer de su sede sindical en la ciudad de Comodoro Rivadavia y que le informe al respecto; 3) tome las medidas necesarias para que se realice una investigación detallada sobre la alegada destrucción y apropiación de bienes y valores de la UOCRA durante la toma de la sede y que le informe al respecto;
- c) el Comité pide al Gobierno una vez más que acepte una misión de contactos directos para contribuir a apaciguar la situación y hacer presente a las autoridades competentes y a las organizaciones sindicales los principios de la libertad sindical que deben guiar la resolución de los problemas en instancia, y
- d) el Comité llama a la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente del caso.