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Demande directe (CEACR) - adoptée 1992, publiée 79ème session CIT (1992)

Convention (n° 111) concernant la discrimination (emploi et profession), 1958 - Nicaragua (Ratification: 1967)

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La Comisión toma nota de la información suministrada por el Gobierno en su memoria, en respuesta a sus comentarios anteriores, sobre los estudios sobre la Costa Atlántica.

1. El Gobierno informa en su memoria de un proceso de cierre de las actividades de la Oficina de la Mujer y de la creación del Instituto de la Mujer. La Comisión solicita al Gobierno comunique informaciones sobre la política actual relativa a las mujeres y acerca de las actividades desarrolladas por el Instituto de la Mujer.

2. En su solicitud directa de 1987, la Comisión había tomado nota de las disposiciones de la Constitución Política de 1987 que prohíben la discriminación y hacen obligación al Estado de promover la igualdad, y había solicitado informaciones sobre las medidas que hayan sido tomadas o previstas para desarrollar en la práctica el principio de igualdad consagrado en la Constitución.

La Comisión espera que el Gobierno comunicará en su próxima memoria dicha información, incluida aquella sobre las acciones tomadas respecto a las minorías étnicas de conformidad con el artículo 91 de la Constitución.

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