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Observation (CEACR) - adoptée 2001, publiée 90ème session CIT (2002)

Convention (n° 111) concernant la discrimination (emploi et profession), 1958 - Croatie (Ratification: 1991)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno. En relación con su observación anterior relativa a los comentarios de la Unión de Sindicatos Autónomos de Croacia (UATUC), relacionados con la discriminación en la contratación por motivos de sexo, edad y etnia, y con la discriminación de la mujer en el mercado del trabajo, la Comisión había tomado nota de que se emprendería un análisis de género en la legislación, para determinar su impacto en la mujer, incluida la medida en que se promueve la igualdad y se brinda a la mujer trabajadora la protección necesaria. Al respecto, la Comisión toma nota con interés de la enmienda del artículo 3 de la Constitución, para incluir la igualdad de género entre los valores más elevados del orden constitucional de Croacia, y de la enmienda del artículo 3 de la ley del trabajo, que dispone que, a la hora de la contratación de trabajadores, los empleadores estarán obligados a dar prioridad al sexo subrepresentado, en caso de que los candidatos reúnan, de igual manera, condiciones generales y específicas para el empleo. Se solicita al Gobierno que comunique información acerca de la aplicación y del impacto de estas nuevas disposiciones en la situación de las mujeres y los hombres respecto de la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, incluida su representación en trabajos en los niveles de adopción de decisiones y de dirección. La Comisión solicita al Gobierno que facilite información sobre todas las medidas adoptadas para impedir la discriminación basada en motivos de raza, ascendencia nacional y religión, y promover la igualdad en el acceso a los trabajos y a la seguridad en el empleo.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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