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Observation (CEACR) - adoptée 2003, publiée 92ème session CIT (2004)

Convention (n° 122) sur la politique de l'emploi, 1964 - Chypre (Ratification: 1966)

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La Comisión toma nota de la detallada información que contiene la memoria del Gobierno para el período que finalizó el 31 de mayo de 2002.

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión indica que el PIB aumentó por cuarto año consecutivo alcanzando el 4 por ciento en términos reales en 2001. Los registros fiscales registran un aumento mínimo hasta el 2,8 por ciento del PIB, mientras que la tasa de inflación decreció al 2 por ciento y el déficit de las cuentas corrientes se redujo a un 4,3 por ciento comparado con un 5,2 por ciento en 2000. A pesar de las condiciones económicas globales morosas, la demanda exterior de bienes y servicios aumentó un 4 por ciento en términos reales. El desempleo registrado descendió, pasando del 3,4 por ciento de la población económicamente activa en 2000 al 3 por ciento en 2001. El Gobierno declara que Chipre disfruta de unas condiciones de «pleno empleo» y que el desempleo es bajo, incluso entre los grupos vulnerables, tales como las mujeres, los jóvenes, los que acaban de obtener sus títulos universitarios y los trabajadores de edad avanzada. La Comisión toma nota de esta información con interés y desea continuar recibiendo información sobre las variaciones en los niveles de empleo y las tendencias para la población en general, así como para grupos específicos de trabajadores.

2. El Gobierno declara que está siguiendo una política activa de empleo tomando como modelo la Estrategia europea del empleo y que ha adoptado un Plan estratégico de desarrollo para 1999-2006 que introduce un enfoque integral para estimular el empleo a través de una cooperación activa y coordinada entre los interlocutores económicos, educativos y financieros. La Comisión toma nota de las diversas medidas que el Gobierno ha tomado para promover el empleo, incluyendo modernizar el mercado de trabajo, mejorar las cualificaciones para adaptarlas a dicho mercado, poner al día el sistema de formación, y establecer programas focalizados para las mujeres, los jóvenes que buscan empleo, y los que han estado desempleados durante períodos largos. Asimismo, toma nota de la declaración del Gobierno respecto de que, junto con la Comisión Europea, está preparando una revisión de la política de empleo para obtener conclusiones sobre los resultados de las diversas medidas y programas del mercado de trabajo. Sírvase continuar proporcionando información sobre todos los cambios que se produzcan a este respecto, incluyendo copias de las principales medidas políticas y evaluaciones de los programas cuando estén disponibles.

3. Artículo 3. En relación a sus anteriores comentarios, la Comisión apreciaría recibir más información detallada sobre el Consejo consultivo de trabajo y sobre el funcionamiento de dicho órgano en relación con las cuestiones cubiertas por el Convenio. Sírvase asimismo continuar proporcionando información sobre cómo los representantes de los trabajadores, de los empleadores y de otras personas afectadas por las medidas tomadas, son consultados sobre las políticas del empleo, con vistas a tomar plenamente en cuenta su experiencia y puntos de vista y a garantizar su plena cooperación.

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