National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de las memorias del Gobierno, de las informaciones en respuesta a sus comentarios anteriores así como de la comunicación de los informes anuales de inspección para 1999, 2000 y 2001. La Comisión toma nota con satisfacción de que, en respuesta a su solicitud, el Gobierno dirigió a los directores de asuntos sociales y del trabajo con fecha de 26 de abril de 2001 una circular insistiendo sobre la necesidad de poner a disposición de los servicios de inspección los recursos humanos y los medios materiales que permitan asegurar las visitas de las empresas situadas bajo su control y solicitándoles tomar medidas para que las informaciones específicas sobre las actividades de inspección en el sector agrícola, en particular sobre las cuestiones relativas a la protección de los trabajadores contra los riesgos profesionales, sean incluidas en los informes semestrales de actividad.
El Gobierno indica por otra parte, que la mayoría de las disposiciones de la ley núm. 34 de 1958 sobre las relaciones agrícolas están en curso de revisión y que las disposiciones concernientes a la inspección del trabajo previstas por el proyecto de enmienda darán efecto al Convenio. La Comisión agradecería al Gobierno suministrar informaciones sobre toda evolución a este respecto.
La Comisión dirige directamente al Gobierno una solicitud sobre ciertos puntos.