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Demande directe (CEACR) - adoptée 2004, publiée 93ème session CIT (2005)

Convention (n° 105) sur l'abolition du travail forcé, 1957 - Cuba (Ratification: 1958)

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1. Artículo 1, b). Servicio social obligatorio. La Comisión había solicitado al Gobierno que tomara las medidas necesarias para armonizar con el Convenio la Ley núm. 1254 sobre el Servicio Social y su reglamento, decreto 3771.

La Comisión había tomado nota del proceso de revisión y ajuste de la legislación y de que no se aplicaban en la práctica las disposiciones de la mencionada ley que permiten sancionar con inhabilitación profesional, temporal o definitiva la negativa injustificada de realizar el servicio social. La última memoria del Gobierno no contiene información al respecto. La Comisión solicita al Gobierno que indique si la Ley sobre el Servicio Social sigue vigente y acerca de las medidas tomadas o previstas para asegurar el respeto del Convenio.

2. La Comisión ha tomado nota de las informaciones relativas a las formas alternativas de prestación del servicio militar obligatorio.

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