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Demande directe (CEACR) - adoptée 2006, publiée 96ème session CIT (2007)

Convention (n° 181) sur les agences d'emploi privées, 1997 - Uruguay (Ratification: 2004)

Autre commentaire sur C181

Demande directe
  1. 2006

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La Comisión ha tomado nota de la primera memoria del Gobierno en la que se indica que se había redactado un proyecto de reglamentación del Convenio en consulta con el Grupo Tripartito de Normas Internacionales. El Gobierno señala que funcionan agencias de arrendamiento de personal, agencias de servicios profesionales y empresas de inserción profesional. La Dirección Nacional de Empleo tiene registradas 100 agencias de empleo privadas. Según las informaciones transmitidas por la memoria, en 2004, la demanda de trabajo temporario alcanzó a 3.105 puestos de trabajo y se colocaron 2.469 personas. La Comisión advierte que el proyecto de decreto reglamentando la aplicación del Convenio está al estudio y consideración del Gobierno. La Comisión pide al Gobierno que haga llegar el texto del decreto reglamentario adoptado, incluyendo informaciones que le permitan examinar la aplicación de cada una de las disposiciones del Convenio, así como datos sobre la naturaleza de las infracciones eventualmente registradas en relación con las actividades de las agencias de empleo privadas.

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2007.]

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