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Demande directe (CEACR) - adoptée 2009, publiée 99ème session CIT (2010)

Convention (n° 45) des travaux souterrains (femmes), 1935 - Mexique (Ratification: 1938)

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Demande directe
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Con referencia a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la declaración del Gobierno indicando que su legislación no cuenta con normas laborales tan específicas como las indicadas en sus artículos 7, apartado g) y 13, apartado e) del Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176). La Comisión toma nota sin embargo que el Gobierno también indica que ha adoptado la Norma Oficial Mexicana NOM-032-STPS-2008, Seguridad para Minas Subterráneas de Carbón, que sustituye la NOM-023-STPS-2003. Según el Gobierno la nueva norma tiene como objetivo fundamental establecer un marco normativo para establecer mejores condiciones de seguridad en las instalaciones y funcionamiento de los yacimientos carboníferos, y que las medidas de seguridad y límites máximos permisibles se encuentran alineados a los estándares internacionales e incorporan los avances tecnológicos existentes. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre la evolución de la legislación en la materia y sobre su aplicación en la práctica.

 

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