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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 113. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2003 [véase 332.º informe, párrafos 166 a 168]. En esa oportunidad, había instado de nuevo al Gobierno que anulara los decretos por los que se declaraba que ciertos profesores se encontraban en situación de ausencia irregular. Además, el Comité había expresado la esperanza de que la Comisión de Verificación establecida para determinar qué profesores habían resultado perjudicados por dichos decretos concluiría sus labores a la mayor brevedad, y había pedido al Gobierno que le mantuviera informado de los resultados de esas deliberaciones y de las decisiones adoptadas en consecuencia respecto de los profesores que aún seguían afectados por la aplicación de los decretos.
- 114. En su comunicación de 6 de enero de 2005, el Gobierno indica que, dado que la labor llevada a cabo por la Comisión de Verificación ha puesto de manifiesto la existencia de importantes diferencias entre la lista facilitada por la Unión Nacional de Sindicatos Independientes de Togo (UNSIT) y la de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, los resultados de esa labor de verificación no pueden utilizarse en su forma actual y se impone la necesidad de realizar un trabajo de fondo en el marco de una estructura más amplia y consensuada. En este sentido, el Gobierno indica que, teniendo en cuenta lo delicado del asunto y las dificultades de todo tipo que plantea su tratamiento, se convino con UNSIT inscribir este caso en el orden del día de las próximas reuniones de diálogo social cuyo proceso de puesta en marcha se encuentra en una fase avanzada.
- 115. El Comité toma nota de esta información. El Comité recuerda una vez más que los acontecimientos que dieron lugar a esta queja remontan al mes de junio de 1999 y que el Gobierno todavía no ha aplicado su recomendación de anular los decretos, que el Comité viene formulando desde el mes de marzo de 2002 [véase 327.º informe, párrafo 804], e insta de nuevo a que se tenga en cuenta su anterior recomendación.