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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 344, Mars 2007

Cas no 2214 (El Salvador) - Date de la plainte: 09-JUIL.-02 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 61. En su reunión de marzo de 2006, el Comité quedó a la espera de: 1) la sentencia de la autoridad judicial sobre la negativa del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) de aceptar la coalición de los sindicatos STISSS y SIMETRISSS en la revisión del laudo arbitral, y 2) la decisión de la Fiscalía General de la República sobre el alegato relativo al desalojo del local que ocupa el sindicato STISSS [véase 340.º informe, párrafo 86].
  2. 62. En su comunicación de fecha 21 de julio de 2006, el Gobierno declara que no se ha emitido todavía la sentencia de la autoridad judicial sobre la negativa del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) de aceptar la coalición de los sindicatos STISSS y SIMETRISSS en la revisión del laudo arbitral. Por otra parte, con relación a la decisión de la Fiscalía General de la República sobre el alegato relativo al desalojo del local que ocupa el STISSS, el Gobierno indica que la Fiscalía informa que no hay expediente abierto relacionado con los hechos denunciados, por lo que se solicita a la parte querellante que proporcione la fecha, hora, lugar exacto de los hechos, y sí es posible que se consigne la autoridad o Unidad Policial que tuvo a su cargo el procedimiento del desalojo para así proveer dicha resolución solicitada.
  3. 63. El Comité queda a la espera de la sentencia sobre la negativa del ISSS de aceptar la coalición de los sindicatos STISSS y SIMETRISSS en la revisión del laudo arbitral, espera que la sentencia será adoptada en un futuro próximo, y teniendo en cuenta el largo tiempo que ha transcurrido desde el inicio del procedimiento, el Comité recuerda que el retraso en la administración de justicia equivale a su denegación. Por otra parte, el Comité pide a las organizaciones querellantes que faciliten la información solicitada por la Fiscalía General de la República en relación con el alegato relativo al desalojo del local que ocupa el sindicato STISSS.
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