Política social



La Constitución de la OIT, en la Declaración de Filadelfia, establece que «todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades» y que la consecución de este objetivo «debe constituir el propósito central de la política nacional e internacional». La política social, formulada a través del diálogo entre los interlocutores sociales, tiene todas las posibilidades de alcanzar los objetivos acordados por la comunidad internacional. Las normas de la OIT sobre política social proporcionan los medios para desarrollar políticas que garanticen que el desarrollo económico beneficie a todos los que participan en él.
Instrumentos pertinentes de la OIT
- Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - [ratificaciones]
Este convenio tiene por objeto garantizar el respeto de las normas laborales mínimas en la ejecución de los contratos públicos - Convenio sobre la política social (normas y objetivos básicos), 1962 (núm. 117) - [ratificaciones]
En este convenio se establece el principio general de que todas las políticas deberán tender, en primer lugar, al bienestar y al desarrollo de la población, y a estimular sus propias aspiraciones para lograr el progreso social. Además, la mejora del nivel de vida deberá ser considerado como el objetivo principal de los planes de desarrollo económico. En él también se disponen disposiciones adicionales sobre los trabajadores migrantes, los productores agrícolas, los productores independientes y los asalariados, la fijación del salario mínimo y el pago de los salarios, la no-discriminación, y la educación y la formación profesional. - Otros instrumentos pertinentes
Más información
- Convenio (núm. 94) y Recomendación (núm. 84) sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 - Guía práctica (2008)
- Estudio general relativo al Convenio (núm. 94) y a la Recomendación (núm. 84) sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (2008)