La OIT es una agencia especializada de lasNaciones Unidas
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GB.273/PFA/13/1
273.a reunión
Ginebra, noviembre de 1998


Comisión de Programa Presupuesto y Administración

PFA


DECIMOTERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA

Cuestiones relativas al Tribunal Administrativo de la OIT

Prorrateo de los gastos del Tribunal Administrativo de la OIT

1. En la 270.ª (noviembre de 1997)(1)  y la 271.ª (marzo de 1998)(2)  reuniones del Consejo de Administración, se formularon preguntas en la Comisión sobre el sistema de distribución de los gastos del Tribunal Administrativo de la OIT entre las organizaciones que aceptaron su jurisdicción(3) , habida cuenta del aumento que se ha registrado en su número en el transcurso de los últimos años. Se oyeron diferentes opiniones acerca de la repartición de estos gastos entre las organizaciones.

2. En este documento se pretende pasar revista a los distintos dispositivos, pasados tanto como presentes, para la repartición de estos gastos, y proporcionar información de carácter general sobre los modos de financiación de otros tribunales administrativos de ámbito internacional.

Antecedentes

3. El Tribunal Administrativo de la Liga de las Naciones fue creado en 1929 con la finalidad de conocer de cualquier conflicto que afectara al personal de la Liga de las Naciones y la Oficina Internacional del Trabajo. Cuando se disolvió la Liga de las Naciones en 1946, su Asamblea pidió a la OIT que se hiciera cargo de este Tribunal como Tribunal Administrativo de la OIT. La Conferencia Internacional del Trabajo confirmó esta transferencia en 1947, año en el que adoptó asimismo una versión revisada del Estatuto del Tribunal, en la que no se establecía el reconocimiento del mismo por parte de otras organizaciones. Según lo dispuesto en la versión original del Estatuto, la OIT debía asumir la totalidad de los gastos que generara el Tribunal. En efecto, el texto del artículo IX del Estatuto reza de la manera siguiente:

  1. La Oficina Internacional del Trabajo, en consulta con el Tribunal, adoptará las medidas administrativas necesarias para el funcionamiento del mismo.
  2. Los gastos que ocasionen las reuniones del Tribunal correrán por cuenta de la Oficina Internacional del Trabajo.
  3. Las indemnizaciones que otorgue el Tribunal se cargarán al presupuesto de la Organización Internacional del Trabajo.

4. Ya en 1947, la Organización Mundial de la Salud quiso reconocer la jurisdicción del Tribunal de la OIT. Habiendo decidido que otras organizaciones internacionales podrían tener acceso al Tribunal de la OIT, la Conferencia Internacional del Trabajo modificó el Estatuto del Tribunal en 1949, añadiendo un anexo en el que se estipulaban las condiciones que habrían de reunirse para tener acceso al mismo(4) . En este anexo se establece la disposición siguiente:

Artículo IX, párrafo 2

Las indemnizaciones que otorgue el Tribunal se cargarán al presupuesto de la organización internacional contra la cual se formula la demanda.

5. Desde el momento en que se constituyó el Tribunal, los gastos corrientes que genera han sido sufragados por la OIT, y únicamente los gastos de las reuniones han sido repartidos entre las organizaciones demandadas. Ahora bien, al haber aumentado el número de las organizaciones y, por ende, el de los funcionarios que se hallan bajo la jurisdicción del Tribunal, así como el de los casos que se elevan ante el mismo, ha sido preciso adaptar a las nuevas condiciones la dotación de personal tanto como la financiación de la secretaría del Tribunal. La Oficina del Secretario, que al comienzo estaba compuesta por unos pocos funcionarios temporales que se destacaban de la Oficina del Consejero Jurídico durante las reuniones del Tribunal, se convirtió a comienzos de los años setenta en una secretaría permanente que ocupaba a dos funcionarios en régimen de dedicación completa (el Secretario y dos auxiliares de secretaría)(5) , además del personal temporal (es decir, traductores, correctores de pruebas y mecanógrafos) que acudía durante las reuniones. A finales del decenio de 1970, la Organización, que hasta ese entonces había sufragado los gastos corrientes del Tribunal con cargo a su presupuesto ordinario, invitó a las demás organizaciones que recurrían al Tribunal a compartir algunos de estos gastos, aduciendo que, aunque no todas tuvieran casos pendientes ante este órgano jurídico, ello no obstaba para que la Oficina del Secretario les prestara servicios, por ejemplo, emitiendo fallos y prestando asesoramiento gratuitamente en materia de jurisprudencia. Finalmente se concertó un acuerdo, que se aplicó por primera vez en 1980(6) , según el cual se prorrateaban los gastos de secretaría entre las organizaciones, en función del tamaño del personal en activo de cada una de ellas.

6. La contribución de la OIT a los gastos corrientes del Tribunal, basada en el mencionado acuerdo, se ha mantenido prácticamente constante hasta la fecha. El único cambio consistió en añadir seis meses de trabajo correspondientes a la categoría de servicios orgánicos en el Programa y Presupuesto para el bienio 1984-1985, a fin de cubrir el costo del puesto de Secretario Adjunto. En el Programa y Presupuesto para el bienio 1988-1989 se aumentó la suma a diez meses de trabajo.

Comparación con otros tribunales

7. Además del Tribunal de la OIT, el único tribunal que tiene jurisdicción sobre más de una organización es el Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas. Este órgano conoce de las quejas presentadas por el personal de las Naciones Unidas, pero también de la Organización de Aviación Civil Internacional y la Organización Marítima Internacional, así como de los afiliados de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas o de sus supérstites. El artículo 14 del Estatuto de este Tribunal reza del modo siguiente:

8. En la práctica, las Naciones Unidas sufragan la totalidad de los gastos administrativos de la secretaría del Tribunal, compuesta por un Secretario y auxiliares que trabajan a tiempo completo. Los gastos que generan las reuniones del Tribunal se prorratean entre las tres organizaciones, en función del número de acciones incoadas contra cada una de ellas. No se cobran gastos a la Caja de Pensiones ni a ninguna de sus organizaciones afiliadas por las demandas que se hayan interpuesto contra la Caja.

9. Por lo que se refiere a otros tribunales administrativos internacionales(7) , las organizaciones centrales pagan todos los gastos corrientes y los causados por la celebración de las reuniones. En el caso de las Comunidades Europeas y del Banco Mundial, el personal que trabaja en el órgano competente lo hace en régimen de dedicación plena.

El sistema actual de prorrateo de los gastos del Tribunal

10. Como ha quedado dicho, la OIT y las demás organizaciones que han reconocido la jurisdicción del Tribunal de la OIT sufragan los gastos de dicho Tribunal, que se dividen en dos categorías: los gastos corrientes, es decir, los de la secretaría permanente, y los gastos de las reuniones.

Gastos corrientes

11. En los gastos corrientes están comprendidos los de la secretaría central del Tribunal y los de mantenimiento de su base de datos en línea de las demandas interpuestas. Estos gastos se sufragan en parte con cargo al presupuesto ordinario de la OIT(8) , y el resto se reparte entre las organizaciones, incluida la OIT, que han reconocido la jurisdicción del Tribunal, en forma proporcional al tamaño del personal de cada una de ellas(9) . Para evitar gastos de facturación, la OIT se hace cargo también de los pagos de menos de 180 dólares que se imputan a otras organizaciones. En los cuadros que figuran a continuación se indican los gastos corrientes para el bienio 1996-1997 y los porcentajes de los mismos que fueron pagados por la OIT y por las demás organizaciones. En dicho bienio, la OIT abonó 526.850 dólares de los Estados Unidos, o sea, el 59 por ciento de los gastos corrientes, y las demás organizaciones 359.814 dólares, es decir, el 41 por ciento.

Gastos corrientes para 1996-1997
(expresados en dólares de los Estados Unidos)
 


Personal de la categoría de servicios orgánicos

506.366

Personal de la categoría de servicios generales

363.873

Varios

16.425

 


Total

886.664



Financiación de los gastos corrientes en 1996-1997
(expresados en dólares de los Estados Unidos)
 


OIT

Presupuesto ordinario

494.690

Proporción calculada según el tamaño del personal

30.884

Absorción de la proporción de gastos imputados a otras organizaciones (de un importe individual de menos de 180 dólares)

1.276

 


Total OIT

526.850

Proporción correspondiente a las demás organizaciones, calculada en función
del tamaño del personal

359.814

 


Total

886.664



Gastos de las reuniones

12. En los gastos de las reuniones están comprendidos los gastos directos que generan la preparación y el funcionamiento de las reuniones y la producción de los documentos en los que se transcriben los fallos finales(10) , así como también los honorarios, los gastos de viaje y las dietas de estancia pagaderas a los jueces, los gastos de apoyo jurídico y los trabajos de traducción y secretaría. Las organizaciones que actúan en su propia defensa en cada reunión sufragan los gastos de la reunión, repartidos según un porcentaje del número total de casos tratados en la reunión. En los cuadros que figuran a continuación se facilita información sobre los gastos de las reuniones que se facturaron a las organizaciones en 1996-1997 y sobre su financiación. En dicho bienio, se facturaron a las organizaciones los gastos correspondientes a 189 vistas de casos, siete de los cuales a la propia OIT. El pago de estos gastos se repartió del modo siguiente: el 4 por ciento (57.022 dólares) para la OIT y el 96 por ciento (1.491.071 dólares) para las demás organizaciones.

Gastos de las reuniones que se facturaron a las organizaciones en 1996-1997
(expresados en dólares de los Estados Unidos)

 


Reunión

 

 

 


80.a

81.a

82.a

83.a

Total


Gastos relativos al trabajo de los jueces:

Honorarios

69.690

92.217

81.840

79.908

323.655

Viaje y dietas de estancia

39.497

37.446

25.952

39.282

142.177

Apoyo jurídico y trabajos de traducción y secretaría

306.543

254.897

283.486

237.335

1.082.261

 


Total

415.730

384.560

391.278

356.525

1.548.093



Financiación de los gastos de las reuniones en 1996-1997
(expresada en dólares de los Estados Unidos)

 


Reunión

 


80.a

81.a

82.a

83.a

Total


Total de gastos

415.730

384.560

391.278

356.525

1.548.093

Número de casos

35

51

49

54

189

Gastos por caso

11.878

7.540

7.985

6.602

8.181

Gastos sufragados por la OIT

11.878

-

31.940

13.204

57.022

Gastos sufragados por otras organizaciones

403.852

384.560

359.338

343.321

1.491.071



Total de gastos

13. Los gastos corrientes y los gastos de las reuniones sumaron en 1996-1997 un total de 2.434.757 dólares, de los cuales la OIT sufragó el 24 por ciento (583.872 dólares) y las demás organizaciones el 76 por ciento (1.850.885 dólares). No se conocen las cifras relativas a las demás organizaciones que cuentan con tribunales, pero, según las disposiciones que se indican en los párrafos 7 a 9 anteriores, en el caso del Tribunal de las Naciones Unidas, que, junto al de la OIT, es el único que atiende a más de una organización, la organización central paga un porcentaje mayor porque los gastos corrientes no se cobran a las otras dos organizaciones que se encuentran bajo su jurisdicción. Tampoco se reclaman pagos a la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas. Como todos los demás tribunales similares atienden sólo a la organización central, ésta se encarga de pagar todos los gastos, incluidos los que genera el mantenimiento de una secretaría permanente.

Ginebra, 27 de octubre de 1998.


1.  Documento GB.270/8/2.

2.  Documento GB.271/10/2.

3.  Hasta la fecha, 36 organizaciones han aceptado la jurisdicción del Tribunal Administrativo de la OIT y una nueva declaración de reconocimiento ha sido sometida en la presente reunión del Consejo de Administración (véase el documento GB.273/PFA/13/2). Para consultar la lista de las organizaciones, véase el anexo de este último documento.

4.  El Consejo de Administración aprobó en 1949 el reconocimiento de la competencia del Tribunal por la OMS.

5.  Véase el programa principal 290 del Programa y Presupuesto para el bienio 1978-1979.

6.  Véase el programa principal 290 del Programa y Presupuesto para el bienio 1980-1981.

7.  La Junta de Apelaciones de la OCDE, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, la Junta de Apelaciones del Consejo de Europa, el Tribunal Administrativo del Banco Mundial, el Tribunal Administrativo del Banco Interamericano de Desarrollo, el Tribunal Administrativo de la Organización de los Estados Americanos, la Junta de Apelaciones de la Unión de Europa Occidental, la Junta de Apelaciones de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), el Tribunal Administrativo del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), la Junta de Apelaciones de la Agencia Espacial Europea, el Tribunal de la Organización de Países Arabes Exportadores de Petróleo, el Tribunal Administrativo del Banco Asiático de Desarrollo y el Tribunal Administrativo del Fondo Monetario Internacional.

8.  En 1996-1997, se asignó una partida de 660.848 dólares de los Estados Unidos en el programa principal 290 (Otros créditos presupuestarios) para cubrir la contribución de la OIT a los gastos corrientes del Tribunal, así como los gastos que generaran los casos en que la OIT debía oponer resistencia a la demanda presentada. Además, la OIT presta gratuitamente los servicios de alojamiento, comunicaciones e impresión.

9.  En el anexo se indica, para cada organización, el porcentaje que le correspondió en el pago de los gastos relativos a 1997.

10.  No se incluye la impresión de estos documentos, que la OIT proporciona gratuitamente.


Anexo

Distribución porcentual del pago de los gastos relativos a 1997
 


Organización

Tamaño del personal

Porcentaje


Organización Internacional del Trabajo (OIT)

2.268

6,61

Organización Mundial de la Salud (OMS)

5.378

15,56

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)

2.520

7,29

Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT)

920

2,66

Organización Meteorológica Mundial (OMM)

339

0,98

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)

6.522

18,87

Centro Europeo para la Investigación Nuclear (CERN)

3.447

9,97

Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)

452

1,31

Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA)

1.664

4,81

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)

517

1,50

Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (Eurocontrol)

1.931

5,59

Unión Postal Universal (UPU)

157

0,45

Observatorio Europeo Austral (ESO)

418

1,21

Asociación Europea de Libre Cambio (AELC)

63

0,18

Unión Interparlamentaria (UIP)

33

0,10

Laboratorio Europeo de Biología Molecular (LEBM)

318

0,92

Organización Mundial del Turismo (OMT)

79

0,23

Organización Europea de Patentes (EPO)

3.673

10,63

Centro Africano de Formación e Investigación Administrativas para el Desarrollo (CAFRAD)

26

0,08

Organización Intergubernamental para el Transporte Internacional por Ferrocarril (OTIF)

13

0,04

Centro Internacional para el Registro de Publicaciones en Serie (CIEPS)

13

0,04

Oficina Internacional de Epizootias (OIE)

32

0,09

Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI)

1.323

3,83

Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)

318

0,92

Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA)

305

0,88

Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV)

9

0,03

Consejo de Cooperación Aduanera (CCA)

115

0,33

Tribunal de Justicia de la Asociación Europea de Libre Cambio (Tribunal de la AELC)

14

0,04

Autoridad de Vigilancia de la Asociación Europea de Libre Cambio (ESA)

41

0,12

Servicio Internacional para la Investigación Agrícola Nacional (ISNAR)

95

0,27

Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

1.009

2,92

Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología (ICGEB)

182

0,53

Organización para la Prohibición de Armas Químicas (OPW)

350

1,01

Total

34.562

100


 


Puesto al día por VC. Aprobada por NdW. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.