La OIT es una agencia especializada de lasNaciones Unidas
ILO-es-strap

GB.274/LILS/8
274.a reunión
Ginebra, marzo de 1999


Comisión de Cuestiones Jurídicas
y Normas Internacionales del Trabajo 

LILS


OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA

Recomendación de la UNESCO sobre la condición del personal
docente de la enseñanza superior, 1997: seguimiento
1

1. En su 273.ª reunión (noviembre de 1998), el Consejo de Administración tomó nota de la información que figuraba en el informe de la Comisión relativo a la decisión adoptada en la 154.ª reunión (mayo de 1998) por el Consejo Ejecutivo de la UNESCO para autorizar las consultas con la OIT sobre la posible extensión del mandato del Comité Mixto OIT/UNESCO de Expertos sobre la aplicación de la Recomendación sobre la condición de los profesores (CEART) para realizar un seguimiento sobre la Recomendación sobre la condición del personal docente de la enseñanza superior, 1997, y sobre las decisiones posteriores de aplazar el examen de esta cuestión. También tomó nota de la posición de los miembros trabajadores, de que debería establecerse y observarse un plazo fijo para examinar este tema, y estudiarse de nuevo esta cuestión en la reunión actual del Consejo de Administración, como expresaron los miembros trabajadores.

2. Tras consultar con la UNESCO la Oficina ha elaborado un programa que exigiría un examen análogo de los asuntos legales, económicos y prácticos relativos a esta cuestión realizado por las dos secretarías, las consultas adjuntas necesarias y la entrega de una propuesta para que se examine en la 276.ª reunión del Consejo de Administración (noviembre de 1999) y en la 157.ª reunión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO (octubre de 1999). Si ambos organismos toman una decisión a favor de la extensión del mandato del CEART, la Secretaría conjunta preparará los documentos necesarios para que se realice un primer estudio del nuevo papel que desempeñará en el séptimo período de sesiones extraordinario del CEART, el año 2000.

3. De conformidad con este programa, la situación de la Oficina se está sometiendo a un estudio interno con respecto a los asuntos legales, económicos y administrativos. Entre estas cuestiones figura la definición del mandato del CEART, al examinar un instrumento normativo internacional adoptado por la UNESCO, la composición y el funcionamiento de un organismo complementario creado dentro del marco del CEART para realizar un seguimiento e informar sobre dicho instrumento, y las consecuencias a nivel de recursos del trabajo adicional realizado para la OIT y para los miembros del CEART. Los primeros indicios parecen indicar que no surgirán grandes impedimentos para que se extienda el mandato del CEART y el cumplimiento de su función, si el Consejo de Administración da el visto bueno.

4. La UNESCO está realizando un estudio paralelo. La Secretaría de la UNESCO ha informado recientemente a la Oficina de que se enviará en breve a la OIT un documento preliminar sobre la situación de la UNESCO, y que en la segunda mitad de 1999 probablemente se llevarán a cabo consultas entre las dos Secretarías, para determinar si finalmente puede extenderse el mandato del CEART. Esto daría lugar a la entrega de un documento, para que el Consejo de Administración lo examine en su 276.ª reunión (noviembre de 1999), en la que también se dará a conocer la decisión del Consejo Ejecutivo de la UNESCO.

5. La Comisión de Cuestiones Jurídicas y Normas Internacionales del Trabajo tal vez estime oportuno recomendar que el Consejo de Administración invite al Director General a que prosiga las consultas con el Director General de la UNESCO con miras a someter a la 276.ª reunión (noviembre de 1999) del Consejo de Administración una propuesta relativa a la posible extensión del mandato del Comité Mixto OIT/UNESCO (CEART), para que lleve a cabo un seguimiento de la aplicación de la Recomendación de la UNESCO relativa a la situación del personal docente.

Ginebra, 15 de febrero de 1999.

Punto que requiere decisión: párrafo 5.

1. Ya publicado, por error, como documento GB.274/LILS/9/1.


Puesto al día por VC. Aprobada por NdW. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.