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MEAFW/1999/1

Reunión de expertos sobre los factores ambientales
en el lugar de trabajo

Ginebra,
27 de enero - 2 de febrero de 1999


Informe

1. En su 271.ª reunión (marzo de 1998), el Consejo de Administración decidió celebrar una Reunión de expertos sobre los factores ambientales en el lugar de trabajo y aprobó su orden del día. La Reunión se celebró en Ginebra entre el 27 de enero y el 2 de febrero de 1999.

Orden del día de la Reunión

2. El orden del día de la Reunión consistió en un único punto, a saber, el examen y la adopción de un Repertorio de recomendaciones prácticas sobre los factores ambientales en el lugar de trabajo.

Participantes

3. Quince expertos fueron invitados a asistir a la Reunión: cinco de ellos designados por los Gobiernos de Brasil, Canadá, India, Polonia y Sudáfrica; cinco luego de consultar con el Grupo de los Empleadores y cinco tras consultas con el Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración. A la Reunión asistieron los 15 expertos invitados.

4. También asistieron a la Reunión representantes de la Organización Mundial de la Salud (OMS); la Organización Internacional de Empleadores (OIE); la Organización Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL); la Confederación Mundial del Trabajo (CMT); la Confederación General de Sindicatos (GCTU); la Organización Arabe del Trabajo (OAT); la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FIM); el Instituto Internacional de la Construcción (IIC); la Asociación Internacional de Higiene del Trabajo (IOHA); la Comisión Internacional de Salud en el Trabajo (CIHT) y el Consejo Internacional de Enfermeras (CIE).

5. La lista de participantes figura como anexo del presente informe.

Discurso de apertura

6. Declaró abierta la Reunión el Sr. Assefa Bequele, Director del Departamento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de la OIT quien en representación del Sr. Michel Hansenne, Director General de la OIT, dio la bienvenida a los participantes a la Reunión expresándoles su gratitud por poner sus conocimientos a disposición de la Organización. También expresó su reconocimiento a los representantes de las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales asistentes a la Reunión. Señaló el Sr. Bequele que la Reunión constituía un hecho importante en el curso de las actividades que realiza la OIT en materia de protección de los trabajadores frente a los riesgos profesionales a que están expuestos. También hizo referencia a los instrumentos internacionales de la OIT pertinentes (convenios y recomendaciones), subrayando la considerable influencia que han ejercido en la legislación y reglamentación de los Estados Miembros. La OIT ha elaborado y publicado además, una serie de repertorios de recomendaciones prácticas que cubren varios sectores de la actividad económica y que se refieren a diversos agentes o equipos peligrosos que proporcionan orientaciones prácticas para la aplicación de las normas internacionales del trabajo.

7. Subrayó además la importancia de la Reunión por cuanto contribuía a proteger la salud de los trabajadores frente a factores ambientales peligrosos en el lugar de trabajo. El presente proyecto de Repertorio de recomendaciones prácticas que los expertos tenían ante sí, y que fue preparado por la Oficina con el objeto de poner al día los Repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT sobre la Protección de los trabajadores contra el ruido y las vibraciones en los lugares de trabajo, Ginebra, 1984, y sobre la Exposición profesional a sustancias nocivas en suspensión en el aire, Ginebra, 1980. El presente Repertorio perseguía consolidar el contenido de los documentos anteriores relativos a todo tipo de contaminantes del aire y otros factores ambientales presentes en el lugar de trabajo, contribuyendo así a facilitar la aplicación del Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148) y de su correspondiente Recomendación (núm. 156) así como de otras normas internacionales. Puso énfasis en la importancia del desafío que representaba la tarea que tenían ante sí, es decir, examinar minuciosamente la aplicación del conocimiento científico en el campo social dando la debida consideración a los aspectos éticos, los riesgos individuales y colectivos, la asignación de tareas y responsabilidades, la calidad de los servicios y soluciones rentables. Recordó a los participantes a la Reunión que lo hacían a título personal, en calidad de expertos.

8. El Dr. Takala, Jefe del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la OIT, y representante del Director General en la Reunión, dando también la bienvenida a los participantes a la Reunión, manifestó su agrado ante la presencia de representantes de otras organizaciones internacionales. Puso énfasis en la importancia de la Reunión que podría tener consecuencias significativas en la protección de la salud de los trabajadores frente a factores ambientales peligrosos en el lugar de trabajo. Señaló también a la atención de los presentes las estadísticas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales mencionadas por el Sr. Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas, que se basaban en estimaciones de la OIT y de la OMS. Puso de relieve asimismo la importancia de mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable para conseguir un desarrollo sostenible.

Elección del Presidente

9. La Dra. Danuta Koradecka, experta designada por el Gobierno de Polonia, fue elegida por unanimidad como Presidenta de la Reunión.

Presentación del documento de trabajo

10. Al presentar el documento de trabajo, el Dr. Jukka Takala expresó su confianza en que la cooperación entre los expertos, unida a su experiencia, contribuiría a alcanzar un consenso sobre el Repertorio de recomendaciones prácticas. Se refirió también a la laboriosa tarea preparatoria requerida por la magnitud de aspectos técnicos contemplados que se vinculaban con políticas de índole social y consideraciones de orden económico. La diversidad de situaciones era tal que no existían soluciones universales. Pese a ello, cabía identificar algunos principios generales básicos sobre los que se podría obtener consenso, determinándose varias opciones destinadas a equilibrar intereses que competían entre sí. También era posible identificar soluciones prácticas en materia de procedimientos y asignación de responsabilidades. Destacó luego la importancia que revestía el Repertorio en la aplicación de las disposiciones de los convenios y recomendaciones de la OIT pertinentes, como también en los repertorios de recomendaciones prácticas y normas de seguridad correspondientes. El proyecto de Repertorio abordaba el establecimiento de marcos legislativos, administrativos y otros marcos operativos con vistas a proteger a los trabajadores de factores ambientales peligrosos; la evaluación de las situaciones de peligro y de los riesgos para la salud de los trabajadores; las medidas preventivas para eliminar o controlar el riesgo; la vigilancia de la salud de los trabajadores y también la información y la formación. El Repertorio de recomendaciones prácticas se traduciría en la aplicación de medidas preventivas para controlar la exposición a factores ambientales peligrosos y proteger la salud de los trabajadores. Las opiniones de los expertos constituirían un valioso aporte a los esfuerzos conjuntos que realizaban gobiernos, empleadores y trabajadores para controlar dichos riesgos en el lugar de trabajo.

Examen del proyecto de Repertorio
de recomendaciones prácticas

11. En el debate general, los expertos se mostraron de acuerdo en que el documento preparado por la Oficina reflejaba prácticas apropiadas en estas materias en el mundo y que constituía una buena base de discusión. Los expertos hicieron notar que el proyecto de Repertorio se había elaborado sobre la base del concepto de «riesgo» lo que, según algunos, no constituía siempre el mejor camino a seguir para prevenir los riesgos en el trabajo. Estimaron que se debería dar amplia consideración al concepto de «situación de peligro (hazard)». En algunas de sus partes, el proyecto de Repertorio trataba directamente de las medidas de control en lugar de referirse a la identificación del riesgo. Los expertos compartieron la opinión de que había que dar prioridad a la prevención y no al control, y abordar la situación de peligro teniendo en cuenta el principio de prevención. Los expertos consideraron también que el proyecto de Repertorio hacía demasiado hincapié en la vigilancia de la salud como herramienta general, en circunstancias de que en muchos países las infraestructuras existentes no estaban lo suficientemente desarrolladas como para permitirlo. Existía consenso general en el sentido de que el Repertorio debía proporcionar orientaciones útiles para proteger la salud de los trabajadores contra factores ambientales peligrosos, pero que ello no podía sustituir a la legislación o reglamentación nacional. Los expertos subrayaron el papel que le cabía a la cooperación al aplicar las recomendaciones del Repertorio y la importancia que revestía el establecimiento de los marcos generales pertinentes.

12. Al analizar los objetivos del Repertorio de recomendaciones prácticas, los expertos recomendaron que en todo el documento se utilizara la frase «eliminar o controlar los factores ambientales peligrosos» en el entendido de que el término «controlar» incluía el de «minimizar». Cuando se analizó el ámbito de aplicación del proyecto de Repertorio, estuvieron de acuerdo en que sus disposiciones eran aplicables en todas las ramas de la actividad económica, empresas o actividades laborales en que los trabajadores estuviesen expuestos a factores ambientales peligrosos. Estuvieron asimismo de acuerdo en que el Repertorio pueda hacer referencia a la protección de la población y del medio ambiente. Se sugirió igualmente definir los términos «situación de peligro (hazard)», «riesgo», «evaluación de la situación de peligro» y «evaluación del riesgo». Algunos expertos opinaron que muchos de los problemas relacionados con la protección de la salud de los trabajadores, la identificación de las situaciones de peligro, el control de la exposición a los factores peligrosos y la evaluación del riesgo, se derivaban de una cooperación insuficiente entre los actores sociales implicados. Se reconoció que, en muchos países, la insuficiencia de conocimientos y experiencia era un elemento que estaba obstaculizando la organización de la formación y la educación de los trabajadores.

13. Los expertos subrayaron también que una política nacional para la eliminación y el control de los factores ambientales peligrosos debía formar parte de la política nacional general en materia de seguridad y salud que debería ofrecer el marco apropiado y adecuado para la acción. Se hizo también especial mención del papel que le cabía a la cooperación tripartita en la aplicación de dicha política. El establecimiento de prioridades en materia de protección y prevención dio lugar a un animado debate tras el cual los expertos acordaron respetar el orden de prioridades que contemplaba el Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176) de la OIT; pero que el concepto de «riesgo» allí utilizado debería abarcar también los «factores peligrosos o riesgos». Las partes del texto del presente Repertorio extraídas de otros Repertorios de recomendaciones prácticas y normas deberían coincidir al máximo con el texto original.

14. Los expertos participantes dieron especial importancia a la necesidad de reducir al mínimo, dentro de lo que era razonable y factible, la exposición a factores ambientales peligrosos, aparte de respetar los límites de exposición laboral ya que estos últimos no siempre proporcionaban una protección adecuada. Lo anterior quedaba también incluido en el capítulo sobre las responsabilidades generales de los empleadores. Los expertos empleadores señalaron también que no era realista hablar de un medio ambiente de trabajo seguro y que no presentara ningún riesgo para la salud de los trabajadores puesto que la aplicación de todas las medidas de prevención y de protección no podrían nunca asegurar la total ausencia de riesgo. Hubo consenso entre los expertos acerca de la validez e importancia de la aplicación de los enfoques y recomendaciones contenidos en la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social relativa a la protección de la salud de los trabajadores de empresas multinacionales.

15. Los participantes analizaron en detalle las disposiciones del proyecto de Repertorio que se referían a los derechos de los trabajadores en materia de protección de su salud frente a factores ambientales peligrosos. Algunos expertos subrayaron la insuficiencia de disposiciones referentes a estos derechos de los trabajadores en las legislaciones y reglamentaciones nacionales y que era importante alentar a las autoridades competentes a que consideraran debidamente esta cuestión al elaborar y aplicar las políticas y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Varios expertos subrayaron particularmente la necesidad de que las legislaciones nacionales protejan a los trabajadores que fueran objeto de represalias por haber ejercido sus derechos en virtud de las recomendaciones del presente Repertorio. El derecho de los trabajadores a ser consultados en cuanto a la organización de la vigilancia de la salud mereció especial atención de los expertos de los trabajadores y gubernamentales. En este contexto, en la Reunión se reconoció la importancia que revestía la utilización de los Principios directivos técnicos y éticos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores de la OIT. Los derechos de las trabajadoras embarazadas o que amamantaban, mereció una consideración especial por parte de los expertos. Estimaron que esta categoría de trabajadoras merecía una protección especial a fin de evitar todo riesgo indebido para la salud del feto o del lactante que pudiera derivarse de su exposición a factores ambientales peligrosos. La protección de esta categoría de trabajadoras requería medidas especiales entre las que cabía considerar el ofrecimiento de empleos alternativos que no conllevaran riesgos indebidos para su salud.

16. Al analizar la evaluación periódica de las situaciones de peligro y de los riesgos para la seguridad y la salud, exigida por la existencia de factores ambientales peligrosos, los expertos resaltaron la importancia de reducirlos al mínimo, dentro de lo que resultara razonable y practicable. Subrayaron también que la gama de situaciones en que existe exposición a este tipo de factores continúa siendo enorme, pero que un repertorio de recomendaciones prácticas no tenía por objeto ni podía cubrirlas todas. Su objetivo, en lo que respecta a su ámbito de aplicación, era el de establecer principios generales en materia de prevención frente a factores ambientales peligrosos que el Consejo de Administración de la OIT había solicitado que esta Reunión considerara. Los expertos acordaron evitar la incorporación de especificaciones técnicas innecesariamente detalladas. Estuvieron de acuerdo también en sustituir, según procediera, la frase «riesgos para la salud de los trabajadores» por la frase «situaciones de peligro o riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores», en todo el documento. Al considerar las tres fases de la evaluación, subrayaron la importancia que revestía la comparación de los niveles de exposición, no sólo con los valores límites prescritos por la autoridad competente, sino también con normas internacionalmente reconocidas. Los expertos reconocieron que, el hecho de que las autoridades competentes de los países en desarrollo no proporcionaran valores límites de exposición en materia de salud laboral, o de que los mismos fueran insuficientes, obstaculizaba el proceso general de evaluación.

17. Los expertos debatieron acerca de las diferentes maneras de eliminar y controlar las situaciones de peligro y los riesgos. A este respecto, era fundamental que los empleadores se hicieran aconsejar por personas competentes o con la capacidad técnica para ello cuando debieran organizar dichos procesos de control y que, en estas materias, recurrieran a los especialistas disponibles. La selección, adecuación, compatibilidad y mantenimiento de los equipos de protección personal generó un amplio debate. Algunos expertos trabajadores manifestaron que les preocupaba la frase «Debería exigirse a los trabajadores el uso apropiado ... de EPP», lo que estimaban, constituía una exigencia excesiva. Los expertos de los empleadores se manifestaron en desacuerdo con lo anterior por cuanto una disposición de esta índole, redactada en términos similares, ya existía en otros documentos de la OIT. En vista de ello, los demás expertos no accedieron a que se modificase, aunque tomaron nota de la preocupación manifestada por los expertos trabajadores. Algunos expertos trabajadores destacaron que en determinadas situaciones la utilización del equipo de protección personal generaba nuevos riesgos para los trabajadores, lo que a su vez contribuía a generar condiciones de trabajo peligrosas que incluso podían ser causa de accidentes profesionales. En vista de la diversidad de situaciones en que se requería la utilización del equipo de protección personal, quedó en evidencia la importancia del papel que a este respecto desempeñaban la capacitación y la información. Los expertos subrayaron enfáticamente que la utilización del equipo de protección personal ocupaba el último lugar en la jerarquía de controles y que no debería sustituir jamás a la adopción de medidas preventivas o de control eficaces. Los expertos empleadores indicaron que preferían el término «de manera rutinaria» en vez de «jamás».

18. Los expertos analizaron varios problemas vinculados con la organización de la vigilancia de la salud de los trabajadores, determinando que deberían llevarla a cabo y supervisarla profesionales calificados en materia de salud laboral. Pusieron de relieve asimismo que las pruebas de carácter biológico y las investigaciones llevadas a cabo en el marco de la vigilancia de la salud de los trabajadores, no deberían introducir nuevos riesgos innecesarios para los trabajadores y que tales pruebas e investigaciones sólo podrían justificarse por motivos médicos. Al analizar las obligaciones de los empleadores, los expertos empleadores plantearon que les preocupaba el énfasis excesivo que se ponía en sus responsabilidades en esta materia. Manifestaron que los costos crecientes de los cursos de capacitación ponen en peligro los puestos de trabajo y las oportunidades de empleo. En lo que respecta a la formación, algunos expertos de los trabajadores y de los gobiernos subrayaron la importancia de que los empleadores mantuvieran registros apropiados sobre los programas de capacitación con vistas a la planificación y evaluación de las necesidades futuras a ese respecto.

19. Luego de un detenido análisis de las disposiciones del proyecto de Repertorio en lo relativo a la protección de los trabajadores contra el calor y el frío, los expertos estimaron innecesario ampliar esa parte del documento por cuanto éste trataba con la amplitud requerida las condiciones de trabajo que conllevaban esos riesgos. Respecto del control del estrés térmico, algunos expertos subrayaron la importancia de identificar, prevenir y controlar oportunamente los factores conducentes al estrés térmico. Los expertos señalaron también que la inclusión de las normas ISO o de otras normas internacionales relevantes no les parecía apropiada porque contribuiría a recargar innecesariamente el Repertorio con especificaciones de orden técnico. En la mayoría de los casos, la autoridad competente era la que determinaba cuáles eran las normas que se utilizarían para eliminar y controlar las situaciones de peligro y los riesgos y que dichas normas deberían figurar en su correspondiente lugar en el anexo.

20. Para finalizar el trabajo en el tiempo asignado, los expertos se dividieron en pequeños grupos tripartitos que se encargaron de examinar los capítulos 4 a 10 del proyecto de Repertorio y que contaron con la presencia de especialistas en los temas que trataba cada grupo. Este método resultó extremadamente eficiente y sin él, los expertos no hubieran podido conseguir examinar el proyecto de Repertorio en el reducido número de días disponibles.

21. Algunos expertos trabajadores señalaron que la utilización de los mecanismos de mercado constituía un paso adelante para hacer progresar la seguridad y la salud en el trabajo. La utilización de este mecanismo reflejaba una realidad económica y debería ser considerado junto a las medidas de carácter obligatorio o voluntario. El establecimiento de normas apropiadas para los fabricantes de equipo constituiría una utilización apropiada del mencionado mecanismo de mercado.

22. Al examinar la prevención y el control de la exposición a sustancias peligrosas, un experto manifestó su deseo de que el texto reflejara el riesgo específico que representaba la penetración de ciertas sustancias químicas a través de la piel sana; sin embargo, otros expertos estuvieron de acuerdo en que la idea se hallaba adecuadamente reflejada en el documento, y en que no se necesitaban especificaciones adicionales.

23. La referencia a las trabajadoras embarazadas que pudieran verse expuestas a radiaciones ionizantes, fue objeto de particular atención. Aunque la posición de compromiso fue que tales trabajadoras no debían ser objeto de discriminación injustificada, varios expertos trabajadores puntualizaron que la discriminación justificada no existía y que el término «injustificada» debería eliminarse. Los expertos empleadores no estuvieron de acuerdo con tal posición.

24. El observador de la Asociación Internacional de Higiene del Trabajo, puso énfasis en la necesidad de que los empleadores llevaran y conservaran registros en materia de exposición a la radiación de los trabajadores, señalando que a menudo esto no se hacía y que ello creaba una serie de problemas.

25. Al examinar el trabajo realizado en ambientes fríos, algunos expertos trabajadores señalaron que las previsiones meteorológicas deberían tenerse en cuenta para todo tipo de trabajo a la intemperie en ambientes fríos, y no solamente el trabajo prolongado en estas condiciones, como medio de prevenir la hipotermia. Varios expertos trabajadores estimaron además que la comida y las bebidas suministradas por los empleadores en ambientes fríos, debían estar calientes, para prevenir tanto la deshidratación como la hipotermia, y que el texto debería contemplar alguna disposición a este respecto. Una mayoría, pero no la unanimidad de los expertos, estimó que esa condición estaba implícita en el documento al utilizarse la palabra «adecuada».

26. Se debatió también la disposición que se refería a que el empleador debía proporcionar servicios sanitarios a los trabajadores que realizaban tareas en todo tipo de ambientes fríos (incluidos los trabajos a la intemperie) y también acerca del diseño de la ropa utilizada en tales ambientes. En general, los expertos estimaron que esto constituía una carga indebida y poco realista para los empleadores, aunque bien podían aceptar que se contemplaran algunas disposiciones generales al respecto. Algunos expertos trabajadores se refirieron también a las dificultades especiales que se presentaban a las trabajadoras en los ambientes fríos. Los expertos trabajadores consideraron que no se debería exagerar la importancia de la aptitud física en el Repertorio, aunque aceptaban que ésta jugaba un papel tanto en condiciones de calor como de frío, como sucede en general en cualquier situación de trabajo.

27. Todos los expertos coincidieron en que en el texto podía hacerse referencia a los documentos de la OIT sólo en la medida en que éstos hubiesen sido adoptados por los órganos de la OIT pertinentes.

28. El Grupo de Trabajo sobre las vibraciones estuvo de acuerdo en que las referencias a los guantes antivibratorios deberían eliminarse, puesto que tales dispositivos eran ineficaces y podrían dar una falsa impresión de seguridad tanto a los trabajadores como a los empleadores. Los expertos empleadores estimaron que la recomendación de adaptar modelos antiguos de herramientas que producían vibraciones y la sustitución de herramientas antiguas imposibles de readaptar resultaba demasiado onerosa para los empleadores, especialmente en los países en desarrollo. Se alcanzó un acuerdo a este respecto en el sentido de que la adaptación o la sustitución se recomendara «cuando resultara apropiado». Varios expertos de los trabajadores se mostraron preocupados porque no se hacía referencia al riesgo de fatiga nerviosa que acarreaba un trabajo en el que hubiera una exposición a vibraciones, en tanto que los expertos de los empleadores estimaron que tal riesgo existía pero vinculado a la exposición al ruido y no a las vibraciones. Otros expertos opinaron que no era apropiado incorporar la fatiga nerviosa al capítulo sobre las vibraciones, aunque los expertos de los trabajadores mantuvieron las reservas expresadas.

29. Tuvo lugar un amplio debate en torno a cuál debería ser la redacción apropiada de la expresión «salud y/o seguridad» en todo el documento. Los expertos de los trabajadores prefirieron la expresión «seguridad y/o salud» puesto que podría haber riesgos simultáneos tanto para la seguridad como para la salud. Hubo consenso en aceptar que la frase «seguridad y salud» se utilizaría siempre, de conformidad con los documentos de la OIT.

30. Un miembro gubernamental señaló que el anexo del Repertorio no mencionaba ningún documento que proporcionara límites recomendados de exposición al ruido y que era imprescindible hacerlo. Recomendó a este respecto que se agregara una referencia a la publicación Valores límites umbrales, de la ACGIH, lo que fue aceptado por todos los expertos.

31. La Secretaría explicó que en lo que respecta a las referencias en materia de género, las políticas recientes de la Oficina para sus publicaciones establecen que el término a utilizar debería ser «de el/de ella» cada vez que corresponda.

32. También tuvo lugar un amplio debate acerca de la mejor manera de consignar en este Repertorio una lista específica de factores ambientales peligrosos en el lugar de trabajo, reconociéndose que existían otros factores peligrosos no contemplados en el mismo. Hubo acuerdo en el sentido de que se haría referencia a este hecho en el Prefacio. Varios expertos de los trabajadores mencionaron dos importantes factores ambientales, omitidos en el Repertorio, que ellos consideraban que eran importantes y que debían haberse incorporado al mismo, a saber: los riesgos ergonómicos y los factores psicosociales. Las dos inclusiones a que se hacía referencia eran: «Las disposiciones del presente Repertorio no se aplican a los factores ambientales peligrosos como el trabajo en turnos, los factores ergonómicos y/o psicosociales tales como el estrés y el trabajo intensivo o rutinario, que pueden agregarse a las situaciones de peligro o riesgo para la seguridad y la salud asociados con factores ambientales peligrosos cubiertos por este Repertorio» y «Las recomendaciones del presente Repertorio se subordinarán a normas internacionales o nacionales más estrictas. El presente Repertorio no tiene el propósito de desalentar a las autoridades competentes para que adopten normas más estrictas».

33. Los expertos de los trabajadores y al menos un experto gubernamental estimaron muy importante que los «contratistas» se incorporaran a la lista de los grupos destinatarios de este Repertorio, pero los expertos empleadores se opusieron a ello porque estimaban que los contratistas eran empleadores y no necesitaban ser mencionados de manera separada. Se llegó a un acuerdo en este sentido, utilizando la frase «todas las otras partes involucradas». Un debate también tuvo lugar en relación con los subcontratistas, que terminaron por no ser mencionados en el texto.

34. Los Asesores Jurídicos de la Oficina enviaron sus comentarios sobre varios temas. Estos se referían al problema de que el término «reducir al mínimo» los riesgos para la salud de los trabajadores se sustituyera por el término «controlar» la exposición, puesto que el control de la exposición puede o no reducir al mínimo los riesgos para la salud. Al menos, un experto trabajador coincidió con este comentario de los asesores jurídicos. Los asesores jurídicos también mencionaron que determinadas disposiciones que figuraban en el artículo 19 del Convenio núm. 155 no se habían incluido en las listas de acciones correctivas que debían realizar los empleadores; que tales acciones quedaban cubiertas en el capítulo relativo a los derechos de los trabajadores, pero que no se consignaban de manera similar en la sección relativa a las responsabilidades de los empleadores. Los expertos empleadores estimaron que tal preocupación no se basaba necesariamente en que lo que ellos entendían como derechos de los trabajadores, tuviera que ser también entendido como responsabilidad del empleador.

35. También se refirió a los problemas legales que planteaba la redacción del texto en relación con la protección de la maternidad. El Asesor Legal estimó que la frase «cuando tal trabajo esté disponible» podría ir en detrimento de las trabajadoras si ese no fuera el caso. A este respecto, propuso una redacción similar a la que iba a analizar la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 1999, que fue aceptada por los expertos de los trabajadores por estimar que se trataba de una cuestión de derechos humanos. Los expertos de los empleadores se opusieron con firmeza a su inclusión antes de que fuera aprobada por la Conferencia, señalando a este respecto que habían utilizado la redacción incluida en la Recomendación núm. 177. El Asesor legal también expresó que los términos «discriminación injustificada» en contra de las trabajadoras embarazadas no tenía mucho sentido. Los expertos de los empleadores explicaron que, en un primer momento, habían pensado utilizar los términos «discriminación no conforme con la ley», pero la ausencia de leyes pertinentes en muchos países les había disuadido de utilizarla. Se sugirió que el término «represalias» podría sustituir el término existente, pero esto no lo aceptaron los empleadores y el texto no fue modificado.

36. Tuvo lugar también un debate acerca del costo de la capacitación de los trabajadores. En tanto que los expertos de los trabajadores defendieron con firmeza que la capacitación debería proveerse sin costo para los trabajadores, los expertos de los empleadores se opusieron firmemente a tal inclusión pese a que todos los expertos gubernamentales manifestaron que en sus países la capacitación se proporcionaba a los trabajadores sin costo. La referencia al costo de la capacitación profesional terminó por no incluirse en el texto acordado. Los expertos trabajadores protestaron por esta exclusión manifestando que era inaceptable que el Repertorio no indicara que la capacitación debería ser proporcionada sin costo para el trabajador. Los expertos empleadores argumentaron que había una diferencia entre los términos «libre de costo» y «sin costo alguno».

37. El último día de la Reunión volvió a discutirse el tema del costo de la capacitación de los trabajadores. Los expertos empleadores manifestaron su disconformidad, tanto por el procedimiento seguido para reabrir y darle la vuelta al tema, como por el texto que, en contra de sus deseos, había sido acordado.

38. Los expertos trabajadores opinaron, sin embargo, que volver sobre el tema del costo para los trabajadores era apropiado y oportuno, indicando que esta disposición sobre capacitación sin costo alguno para los trabajadores recogía una práctica normal en todo el mundo.

39. El párrafo 36 del informe fue especialmente debatido, manifestando los expertos trabajadores y gubernamentales su desacuerdo con la opinión de los expertos empleadores de que la palabra «terminó» debía mantenerse en el párrafo 36 del informe de la reunión.

40. Los expertos gubernamentales y de los trabajadores apoyaron unánimemente la frase «sin costo económico», la cual fue adoptada como un texto de compromiso e incorporada al Repertorio de recomendaciones prácticas.

41. Después de examinado el proyecto de Repertorio de recomendaciones prácticas, los expertos adoptaron el Repertorio en su forma enmendada.

42. Después de haber examinado el informe, los expertos lo adoptaron en su forma enmendada.
 

Ginebra, 2 de febrero de 1999.

(Firmado) Prof. Danuta Koradecka,
Presidenta y Ponente. 

Lista de participantes


Puesto al día por VC. Aprobada por NdW. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.