GB.274/PFA/13/1 |
||
Comisión de Programa, Presupuesto y Administración |
PFA |
DECIMOTERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Cuestiones relacionadas con las pensiones
Decisiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
sobre el informe del Comité Mixto de Pensiones
del Personal de las Naciones Unidas
Comité de Pensiones del Personal
1. De conformidad con la resolución 46/220 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 20 de diciembre de 1991, el Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas (el Comité Mixto) informa a la Asamblea General en años pares. En su 273.ª reunión, se presentó al Consejo de Administración información detallada de las principales cuestiones examinadas por el Comité Mixto durante su cuadragésimo octavo período de sesiones que se celebró en Viena en julio de 1998(1) . Estas cuestiones se referían a las repercusiones del modesto superávit actuarial experimentado recientemente por la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas (la Caja); a la posibilidad de proponer prestaciones adicionales limitadas a los participantes de la Caja; a la preocupación acerca de los continuos incrementos de los gastos administrativos de la Caja; y a los acuerdos sobre transmisión de derechos de pensión entre la Caja y la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, la ex República Socialista Soviética de Ucrania y la ex República Socialista Soviética de Bielorrusia. El presente documento informa sobre los resultados del examen, efectuado por la Asamblea General durante su quincuagésimo tercer período de sesiones, del informe y recomendaciones del Comité para 1998(2) . Las decisiones correspondientes figuraron en la resolución 53/210 de 18 de diciembre de 1998.
Superávit actuarial de la Caja
2. La Asamblea General de las Naciones Unidas expresó satisfacción por el mejoramiento de la situación actuarial de la Caja, que de un déficit actuarial del 1,46 por ciento de la remuneración pensionable al 31 de diciembre de 1995 pasó a un superávit actuarial del 0,36 por ciento de la remuneración pensionable al 31 de diciembre de 1997. La Asamblea General también estuvo de acuerdo con la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto en que la tasa actual de aportación a la Caja (el 23,7 por ciento de la remuneración pensionable aportada conjuntamente por las organizaciones afiliadas y los participantes de la Caja), no debería modificarse a menos que las futuras evaluaciones revelen que sigue produciéndose superávit sistemáticamente. La Asamblea General de las Naciones Unidas tomó nota de la decisión adoptada por el Comité Mixto de reducir al 6 por ciento el tipo de interés, que actualmente es del 6,5 por ciento, utilizado para determinar las sumas globales por las que pueden permutarse las prestaciones de jubilación, respecto de los períodos de aportación posteriores al 1.º de enero del año 2001, a reserva de una evaluación actuarial favorable.
Prestaciones adicionales limitadas que se proponen
para los participantes de la Caja
3. La Asamblea General celebró las medidas adoptadas por el Comité Mixto al tratar varias cuestiones relacionadas con los derechos de pensión de los cónyuges y ex cónyuges. Instó al Comité Mixto a que continuara trabajando para resolver estas cuestiones. En particular, la Asamblea General aprobó:
4. La Asamblea General también aprobó las propuestas del Comité Mixto de extender el plazo (de 12 a 36 meses), después de la separación de servicio, para determinar que un período de participación en la Caja habrá llegado a su fin (esta disposición tendría efecto inmediato); y de reducir el punto de actuación (del 3 al 2 por ciento) para proceder a reajustes de las pensiones en función del costo de la vida (esta disposición tendría efecto a partir del 1.º de abril del 2001, siempre que exista una valoración actuarial favorable al 31 de diciembre de 1999).
Gastos administrativos de la Caja
5. El Consejo de Administración recordará(3) que el Comité Mixto había expresado su preocupación por el continuo incremento de los gastos administrativos de la Caja. Se había pedido a la secretaría de la Caja que estudiara diversas posibilidades de estabilizar y/o reducir estos gastos, a corto y a más largo plazo, en particular por lo que se refiere a los actuales arreglos de repartición de gastos entre la Caja y las Naciones Unidas y demás organizaciones afiliadas. Como propuso el Comité Mixto, la Asamblea General aprobó los arreglos revisados de repartición de los gastos entre las Naciones Unidas y la Caja. Asimismo, observó la intención del Comité Mixto de seguir examinando otros arreglos posibles a largo plazo de división de los gastos de las operaciones de la Caja entre gastos que han de ser sufragados con cargo a los haberes de la Caja y gastos que han de ser compartidos por las organizaciones afiliadas a la Caja.
Acuerdos sobre transmisión de derechos entre el Comité Mixto
y la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas,
la ex República Socialista Soviética de Ucrania
y la ex República Socialista Soviética de Bielorrusia
6. Durante el examen de esta cuestión, la Asamblea General tuvo ante sí un informe presentado por el representante de la Federación de Rusia, quien reconoció que habían surgido problemas entre su Gobierno y el Comité Mixto en relación con la ejecución del acuerdo, pero que su Gobierno tenía la intención de seguir ocupándose de las cuestiones pendientes. La Asamblea General alentó a todas las partes interesadas a que siguieran tratando de resolver los problemas mencionados.
Otras cuestiones
7. La Asamblea General examinó un informe del Comité Mixto sobre su 49.º período (extraordinario) de sesiones que se celebró en Ginebra en noviembre de 1998. Este período de sesiones examinó la decisión adoptada el 16 de octubre de 1998, por la cual se autorizó al Director General de la Organización Mundial del Comercio a informar a la Caja de que la Comisión Interina de la Organización Mundial del Comercio/Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (ICITO/GATT) deseaba solicitar que se pusiera término a su afiliación a la Caja el 31 de diciembre de 1998, a reserva de la concertación de un acuerdo satisfactorio de transferencia con la Caja. La Asamblea General decidió aprobar esta petición a reserva de que la OMC presentara, a más tardar el 15 de enero de 1999, una notificación incondicional por escrito al secretario del Comité Mixto en la que se indique que se pone término a su afiliación. Asimismo, se esperaba que la OMC presentara una declaración por escrito en virtud de la cual se comprometería a exonerar de toda responsabilidad a la Caja por todas las demandas que le pudieren presentar los afiliados, jubilados o beneficiarios de la ICITO/GATT(4) .
Ginebra, 3 de febrero de 1999.
1. Véase documento GB.273/PFA/12/2.
2. Asamblea General de las Naciones Unidas, Documentos Oficiales, Quincuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 9 (A/53/9).
3. Véase documento GB.273/PFA/12/2.
4. Posteriormente, la OMC presentó la notificación/declaración requeridas, se retiró oficialmente de la Caja y actualmente ha establecido su propio Plan de Pensiones.