GB.274/PFA/9/2 |
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Comisión de Programas, Presupuesto y Administración |
PFA |
NOVENO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
PROPUESTAS E PROGRAMA Y PRESUPUESTO PARA 2000-01 |
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VOLUME 2 |
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Presupuesto ordinario (en dólares de EE.UU.) |
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Total 2000-01 |
40.931.367 |
Total 1998-99 |
40.931.367 |
SG.1. En el cuadro que antecede se agrupan en una sola partida los recursos comprendidos en el Programa y Presupuesto para 1998-1999 en los programas 40 (Dirección general), 160 (Personal), 170 (Servicios financieros) y 200 (Programación y gestión).
Cambios en el volumen de recursos
SG.2. El volumen total de los recursos propuestos para esta partida es igual en términos reales al del bienio 1998-1999.
SG.3. A continuación figura la descripción de los programas previstos para el bienio2000-2001.
40. Dirección General
40.1.Este programa es responsable de la gestión ejecutiva de la Oficina bajo el mando del Director General. De conformidad con las políticas y direcciones estratégicas establecidas por el Consejo de Administración y la Conferencia Internacional del Trabajo, los funcionarios principales de este programa aseguran la planificación global, la coordinación y la aplicación de los programas de la OIT, así como su control y evaluación eficaces.
160. Personal
160.1. Los recursos humanos son el principal valor de la OIT y representan el 70 por ciento aproximadamente de los gastos del presupuesto ordinario. La gestión de estos recursos requiere unas políticas y sistemas de personal eficaces y eficientes que se adapten a las necesidades de la Organización.
160.2. La gestión de los recursos humanos de la OIT está destinada a garantizar que las políticas de dotación de personal se adapten al logro de los objetivos estratégicos de la OIT; que se asigne rápidamente personal competente a los puestos vacantes; que se refuercen las capacidades de gestión para así mejorar la ejecución de los programas; que se adopten políticas, procedimientos y prácticas de administración que ofrezcan a la dirección herramientas de gestión eficaces y contribuyan a que todos los funcionarios comprendan sus derechos y obligaciones, y que las cuestiones de administración de personal se basen en principios de justicia, igualdad de trato y conformidad con el debido proceso.
160.3. Los mandantes están pidiendo cada vez más que se racionalice y reforme la administración de personal de la Oficina en áreas tales como la gestión de la actuación profesional, la gestión de los contratos, la movilidad del personal, la formación y el régimen de los salarios. En ese sentido y ante las restricciones presupuestarias actuales, debe alcanzarse un equilibrio entre la puesta en marcha de las reformas, que suponen un trabajo de preparación y consultas considerable, y el mantenimiento de las funciones administrativas que son un requisito reglamentario. Estas cuestiones deben abordarse de manera que tengan en cuenta las relaciones entre la dirección y el personal, las obligaciones de la OIT en tanto que interlocutor del sistema común de las Naciones Unidas, el Estatuto del Personal y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Administrativo de la OIT.
160.4. Durante el bienio 2000-2001, se hará hincapié en mejorar la calidad del personal, reformar los métodos para cubrir vacantes, facilitar la movilidad, reducir los motivos por los que se tramitan quejas y se abren procedimientos disciplinarios, y racionalizar los procedimientos administrativos. Los programas de formación, clasificación y fomento de las perspectivas de carrera formulados durante el bienio anterior se pondrán en marcha. Entre las nuevas actividades en la esfera del fomento de las perspectivas de carrera se incluirán la planificación de la sucesión y el desarrollo de pautas de carrera típicas. Asimismo, se requieren orientaciones simplificadas y más claras para que la dirección y el personal comprendan mejor cuáles son sus obligaciones y derechos, y se reduzcan las causas de quejas en la Oficina. Así pues, se consolidarán las normas establecidas en las circulares y se revisará el Estatuto del Personal para mejorar su coherencia en vista de los cambios introducidos en los últimos diez años.
160.1. Actividades del Departamento
160.5. Este programa incluye la gestión departamental y la labor del consejero de personal así como la asignación de fondos para las actividades sociales, recreativas y de bienestar del personal. También se ha previsto la asistencia de expertos exteriores de alto nivel en la formulación de las políticas.
160.2. Planificación del personal y fomento de las perspectivas de carrera
160.6. El objetivo de este programa es poner a disposición de la OIT y de sus mandantes un personal con el nivel de competencia profesional, eficacia e integridad más elevado que sea posible, a través de una contratación, formación y gestión de los resultados apropiada y de la administración eficaz de los movimientos del personal.
160.7. La selección y contratación incluyen el cubrir vacantes, internas y externas, a través de la unidad de contratación y el Comité de Selección. Se contratarán a aquellos candidatos que se ajusten mejor a las posibilidades que ofrece la Oficina de hacer una carrera extensa y variada, que incluye el servicio en el terreno. Se hará hincapié en mejorar la distribución del personal en términos de edad, sexo y origen geográfico.
160.8. La evaluación, clasificación y formación incluirán el fortalecimiento de los lazos existentes entre el desarrollo organizativo y las carreras del personal, la evaluación del trabajo realizado por los funcionarios, la clasificación de los puestos y el desarrollo de planes de formación. Se hará hincapié en llevar a cabo un análisis más equitativo y riguroso de los empleos y en desarrollar unas estructuras organizativas más racionales a través de la puesta en marcha de programas de formación, clasificación y fomento de las perspectivas de carrera elaborados el bienio anterior.
160.9. Procesado de los movimientos del personal. Los movimientos del personal se procesarán de manera rápida y eficaz, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos, incluidos los movimientos del personal de cooperación técnica. Se hará hincapié en reducir los retrasos en la expedición de contratos y otras operaciones relacionadas con los movimientos del personal.
160.3. Administración del personal
160.10. Los objetivos son que:
• las políticas, normas y prácticas en materia de personal se adapten a las necesidades de gestión y a las preocupaciones del personal, al tiempo que respeten las obligaciones de la Oficina, y
• los salarios, los derechos, las prestaciones y el seguro de enfermedad del personal de la OIT se administren eficazmente y de acuerdo con las normas establecidas.
Ello incluye la administración de políticas y procedimientos aplicables al personal que se revisarán para garantizar que se adapten a las nuevas necesidades de la dirección, a las preocupaciones del personal, a las obligaciones de la OIT para con el sistema común de las Naciones Unidas, a la necesidad de mantener buenas relaciones entre la dirección y el personal y a los requisitos de ofrecer un trato equitativo y la conformidad con el debido proceso; la administración de los derechos del personal, de acuerdo con el Estatuto del Personal y las decisiones del sistema común de las Naciones Unidas, y la administración de la Caja del Seguro de Salud del Personal OIT/UIT.
160.11. Políticas y procedimientos aplicables al personal. Además de adoptar políticas, reglamentos y procedimientos equitativos y eficaces aplicables al personal, se hará hincapié en revisar las políticas relativas al personal local de las oficinas exteriores, en preparar orientaciones sobre reglamentos y prácticas óptimas para la administración y el personal, y en garantizar que todas las políticas, normas y procedimientos reflejen de manera apropiada las nuevas necesidades de la Organización, de acuerdo con las obligaciones que se derivan de la adhesión de la OIT al sistema común de las Naciones Unidas. Se consultará al personal sobre cuestiones que afecten a las condiciones de empleo y de trabajo.
160.12. La administración de derechos y prestaciones incluye la administración de todas las escalas y prestaciones salariales, incluidos los derechos estatutarios como son las asignaciones familiares, los subsidios de educación, los subsidios de alquiler y los derechos previstos por la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas, el Fondo de Pagos Especiales, el régimen de compensación en caso de enfermedad, accidente o muerte imputables al ejercicio de funciones oficiales, la póliza individual de seguro de accidente, la póliza general de seguro para los expertos nacionales y el sistema colectivo voluntario de seguro de vida y de incapacidad. Se continuará haciendo hincapié en mantener un alto nivel de los servicios y en administrar los regímenes de manera equitativa, eficaz y eficiente.
160.13. Seguro de enfermedad. La Caja del Seguro de Salud del Personal OIT/UIT proporciona un seguro de salud general para los funcionarios en servicio y jubilados, que incluye al personal de cooperación técnica, al personal del Centro de Turín y al personal local sobre el terreno, sus cónyuges y demás dependientes reconocidos. Un motivo particularmente preocupante para la administración de la Caja será contener los gastos a la luz del rápido incremento del costo de la atención de salud. El objetivo de la Caja en estas circunstancias es mantener el mismo nivel de servicios sin aumentar las cotizaciones.
160.4. Administración de la información sobre el personal
160.14. La administración efectiva y oportuna de la información sobre el personal requiere el mantenimiento y apoyo de sistemas de información sobre el personal, así como el mantenimiento de registros y ficheros informatizados y manuales sobre el personal. Se hará hincapié en continuar el trabajo comenzado en 1999 con la introducción de un módulo sobre nómina de sueldos del Sistema de Información sobre Personal y Nómina de Sueldos (PERSIS). El objetivo es que todos los sistemas de información sobre el personal de la OIT funcionen eficazmente y respondan a las necesidades de los usuarios.
160.15. Apoyo a los sistema de personal. Se efectuará el mantenimiento, apoyo y perfeccionamiento de los sistemas y aplicaciones sobre el personal que ya se han instalado.
160.16. El módulo de nómina de sueldos de PERSIS. El módulo de nómina de sueldos de PERSIS representa el principal beneficio del sistema y ofrece un alto grado de automatización de la nómina, incluida la posibilidad de realizar investigaciones en conexión directa, así como una función de actualización y una función enteramente automática para la realización de cálculos retroactivos. Su introducción, por lo tanto, sigue siendo una prioridad. No obstante, debido a importantes retrasos en la introducción del programa SIIG por parte de las Naciones Unidas en Nueva York, el módulo de nómina de sueldos de PERSIS no estará completamente instalado en el bienio 1998-1999. Por lo tanto, se seguirá trabajando en su introducción, aunque las restricciones presupuestarias plantearán problemas.
160.17. Registros de personal. La recopilación de datos de personal precisos y completos, tanto en ficheros electrónicos como manuales, es esencial para la gestión de los recursos humanos de la OIT. Esta labor incluye el mantenimiento de ficheros de personal, la introducción de datos en el sistema de datos PERSIS y el mantenimiento de registros pertinentes.
170. Servicios financieros
170.1. La Oficina Internacional del Trabajo responde ante los Estados Miembros y los donantes de fondos extrapresupuestarios por los fondos que le son confiados e incumbe al Tesorero y al Departamento de los Servicios Financieros la responsabilidad principal de asegurar el correcto cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en el Reglamento Financiero y la Reglamentación financiera detallada. Cabe citar entre éstos, el establecimiento y control de la aplicación de las políticas y los procedimientos financieros; la realización y/o supervisión de todas las operaciones presupuestarias, financieras y contables; la preparación y el control de las estimaciones de gastos; el establecimiento de las asignaciones de gastos; el control y aprobación de las obligaciones y los gastos correspondientes a dichas asignaciones; la gestión de la tesorería; la comunicación, la recaudación y la contabilidad de las contribuciones de los Estados Miembros y la inversión de los fondos excedentarios; el mantenimiento de los registros oficiales de contabilidad y la preparación de los informes financieros para su presentación a los auditores externos, los órganos rectores y los donantes; y la creación y el seguimiento de los sistemas de control interno, especialmente para garantizar la continuidad de la disciplina financiera en cuanto respecta a la delegación de facultades en materia financiera.
170.2. Otra de sus funciones principales es preparar los documentos sobre cuestiones financieras que se someten al Consejo de Administración, a la Conferencia y a sus respectivas comisiones (en particular, la Comisión de Programa, Presupuesto y Administración, incluidas las reuniones de miembros gubernamentales del Consejo de Administración sobre cuestiones de prorrateo de las contribuciones y la Comisión de Representantes Gubernamentales sobre Cuestiones Financieras de la Conferencia) y prestar servicios de secretaría a dichas comisiones.
170.3. A fin de reforzar la delegación de facultades en el marco de la política de asociación activa, se han desarrollado un conjunto de programas informáticos para las nóminas de sueldos del personal local, las cuentas de anticipo y la preparación y gestión de presupuestos. Además, se han desarrollado programas informáticos para que los departamentos de la sede estén en condiciones de asumir las responsabilidades del control de fondos. Asimismo, como se señaló en noviembre, los sistemas informatizados actuales para las funciones financieras se han vuelto antiguos y rígidos e impiden el desarrollo de buenas prácticas de procedimientos y, por consiguiente, tendrían que ser reemplazados. Cuando se haya obtenido el financiamiento para este proyecto se comenzará a trabajar en el nuevo sistema.
170.1. Tesorero y Contralor General
170.4. Se han consignado créditos en este programa para el Tesorero y Contralor General, para servicios de secretaría y gastos de misión.
170.2. Presupuesto y finanzas
170.5. El objetivo fijado es que los recursos financieros de la Organización sean correctamente administrados y en conformidad con el Reglamento Financiero y la Reglamentación financiera detallada; que la realización del programa de trabajo sea dinamizada por eficientes procedimientos administrativos y financieros que al mismo tiempo prevean controles financieros adecuados; y que el nuevo sistema informatizado de nómina de sueldos adaptado del sistema IMIS de las Naciones Unidas, que comenzó en el bienio 1998-1999, esté en funcionamiento.
170.6. Se proporcionarán a la dirección análisis e informes financieros sobre los aspectos financieros y presupuestarios del presupuesto ordinario y de los programas extrapresupuestarios, así como también sobre las repercusiones presupuestarias de las fluctuaciones de los costos y los tipos de cambio. La revisión de las normas y procedimientos presupuestarios y financieros y el perfeccionamiento de los programas de informática junto con la elaboración de directivas así como la organización de cursos especializados seguirán siendo factores para incrementar la pertinencia y la eficiencia en el trabajo. La labor de adaptación, instalación y prueba del sistema de nómina de sueldos IMIS de las Naciones Unidas será proseguida hasta su terminación.
170.3. Tesorería y contabilidad
170.7. El objetivo será proseguir protegiendo y reforzando las bases de la financiación de las actividades de la Organización y presentar informes financieros y contables completos y precisos sobre esas actividades.
170.8. Se realizarán las siguientes tareas: la recaudación de las contribuciones prorrateadas entre los Estados Miembros y de otros ingresos de la Organización; la elaboración y aplicación, tanto en la sede como en las oficinas exteriores, de políticas y procedimientos de contabilidad general, de tesorería y gestión de inversiones, y de políticas y procedimientos de pagos y demás desembolsos; la teneduría de los libros de contabilidad (ingresos, gastos y otras cuentas generales) respecto de todos los fondos que están bajo la custodia del Director General; la elaboración de los estados e informes financieros provisionales y definitivos, así como la preparación de análisis, previsiones y estudios para los órganos encargados de la formulación de políticas y de la gestión; la verificación de las cuentas de anticipos y el control de las operaciones contables que se llevan a cabo en las oficinas exteriores en virtud de las disposiciones sobre descentralización.
200. Programación y gestión
200.1. La Oficina de Programación y Gestión, que está bajo la dirección del Director General, proporciona al Consejo de Administración y a la Conferencia los análisis y las propuestas necesarios para definir el programa de labores de la OIT y supervisar su aplicación. Asesora al Director General y a los funcionarios de categoría superior acerca de las prioridades, estructuras y procedimientos de los programas, y en particular acerca de las medidas necesarias para mejorar la eficacia y la eficiencia de la acción de la OIT. Las mejoras introducidas en todos los niveles de gestión se apoyan con el suministro de instrumentos y de formación para mejorar la supervisión y la evaluación de los programas financiados tanto con cargo al presupuesto ordinario como a los recursos extrapresupuestarios. La aplicación de las políticas y normas de gestión se supervisa directamente mediante una auditoría interna.
200.2. Una de las prioridades del bienio seguirá siendo la reforma del proceso de elaboración del programa de la OIT, esto incluye la introducción de instrumentos y procedimientos mejores para responder a las solicitudes del Consejo de Administración para contar con una mayor transparencia, eficiencia y eficacia. Otra prioridad será consolidar el sistema de seguimiento, evaluación y presentación de informes (MERS), que actualmente es obligatorio para todos los programas, y reforzar su aplicación en toda la Oficina. Se harán evaluaciones exhaustivas, con más frecuencia para uso del Consejo de Administración y de la Oficina. Otra prioridad adicional será mejorar el impacto y la transparencia del programa de la OIT, y el acceso a sus productos, ampliando su página de Internet.
200.3. Por lo que se refiere a la planificación y la coordinación de los programas, los principales resultados que se prevé obtener son:
• dos documentos de consulta preliminares que han de ser examinados por el Consejo de Administración en marzo y noviembre de 2000, acerca de las propuestas de Programa y Presupuesto para el bienio 2002-2003;
• las propuestas de Programa y Presupuesto del Director General para el bienio 2002-2003;
• un informe refundido sobre las actividades de la OIT durante el bienio 1998-1999, que se ha de presentar a la Conferencia en 2000, y
• análisis internos que le permitan al Director General y a la alta dirección de la Oficina: evaluar y supervisar la aplicación del programa aprobado; asignar los recursos disponibles del presupuesto ordinario y los ingresos para apoyo de los programas, y, cuando sea necesario, recomendar ajustes de los programas al Consejo de Administración para que tenga en cuenta nuevas prioridades sustantivas, reorganizaciones internas y la situación financiera de la Oficina.
200.4. Los servicios de asesoramiento administrativo cubren dos actividades principales. La primera es el desarrollo y administración de la página Internet de la OIT. Esta página permite acceder rápidamente y casi sin ningún costo a la amplia variedad de informaciones y servicios prestados y proyecta una imagen moderna y dinámica de la Organización. En la página de Internet se encontrarán todos los documentos importantes de la OIT, de modo que puedan buscarse y consultarse rápidamente, incluso en forma multimedia. La segunda actividad principal consiste en proporcionar asesoramiento y apoyo para mejorar la eficiencia y la eficacia de la ejecución de los programas. A partir del asesoramiento proporcionado, se harán cambios en las prácticas de gestión, las estructuras orgánicas, las prácticas administrativas y la tecnología.
200.5. Por lo que se refiere a la evaluación, el Auditor Externo ha hecho hincapié en la necesidad de asegurarse de la aplicación eficaz del sistema de seguimiento, evaluación y presentación de informes (MERS) en toda la OIT. Además, se hará mayor hincapié en mejorar la eficacia de la cooperación técnica mediante la aplicación de técnicas de evaluación. Se publicará un informe de síntesis que contenga las principales conclusiones de la evaluación durante el bienio y se presentará al Consejo de Administración. Se reforzará la capacidad de la Unidad de Evaluaciones.
200.6. El objetivo de la auditoría interna es que las políticas, reglamentos, reglas y procedimientos sean acatados y que los recursos de la Organización se utilicen de la manera más eficiente y eficaz. Se preparan informes para el Director General y el Consejo de Administración sobre auditorías e investigaciones, que incluyen recomendaciones para mejorar la eficiencia, la eficacia y la observancia de los reglamentos y procedimientos.
Otros créditos presupuestarios
Presupuesto ordinario (en dólares de EE.UU.) |
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Total 2000-01 |
20.636.500 |
Total 1998-99 |
20.636.500 |
OAP.1. El volumen total de los recursos propuestos para esta partida es igual en términos reales al del bienio 1998-1999.
OAP.2. A continuación figura la descripción de los programas previstos para el bienio 2000-2001.
290. Otros créditos presupuestarios
290.1. Este programa comprende créditos presupuestarios para pagar las contribuciones a distintos fondos de la OIT y del sistema común de las Naciones Unidas y a los órganos interorganismos, así como créditos que no procede incluir en otras partes del Programa y Presupuesto. El presupuesto estimado se mantiene al mismo nivel, en valores reales, que el del bienio de 1998-1999. Las reducciones de la contribución de la OIT al Servicio Médico Común en Ginebra y una disminución de la contribución necesaria estimada a la Caja Común de Pensiones de la OIT han sido compensadas por un aumento de los créditos asignados para el pago de la contribución de la OIT a la Caja del Seguro de Salud del Personal para el seguro de los funcionarios jubilados, los beneficiarios de una pensión de invalidez y de sobrevivientes (cónyuges supérstites y huérfanos) mediante la reintroducción de una contribución al Fondo de Construcciones y Alojamiento y mediante la asignación de un crédito para el establecimiento de una guardería infantil en la OIT.
290.2. Anualidades del préstamo para el edificio de la OIT. Se asignan créditos para el pago de dos anualidades de 3.702.290 francos suizos en 2000 y 2001 (equivalentes a 5.071.630 dólares para el bienio) correspondientes al préstamo concedido por la Fundación de Inmuebles para las Organizaciones Internacionales (FIPOI) en relación con el edificio de la sede de la OIT.
290.3. Caja de Pensiones del Personal de la OIT: amortización del déficit actuarial. Tomando en cuenta la más reciente valoración actuarial y manteniendo al mismo tiempo el compromiso de la OIT de asegurar el pago de las prestaciones sufragadas con cargo a este Fondo, ha sido posible reducir en términos reales la estimación de la contribución con cargo al presupuesto ordinario a 1,5 millones de dólares para el bienio 2000-2001.
290.4. Fondo de pagos especiales. Este Fondo tiene por objeto efectuar pagos periódicos graciables a antiguos funcionarios de la OIT o a sus cónyuges, de conformidad con los criterios adoptados por el Consejo de Administración. La cuantía de los recursos del presupuesto ordinario asignados en concepto de contribución a este Fondo se mantiene como en el bienio anterior en 200.000 francos suizos.
290.5. Caja del Seguro de Salud del Personal: contribución para el seguro de los funcionarios jubilados. Esta asignación, que asciende a unos 9 millones de dólares, comprende la contribución de la OIT a la Caja del Seguro de Salud del Personal para el seguro de los funcionarios jubilados, los beneficiarios de una pensión de invalidez y los sobrevivientes (cónyuges supérstites y huérfanos). La asignación se ha incrementado en unos 150.000 dólares en valores reales, debido al aumento previsto del número de funcionarios jubilados.
290.6. Contribución al Fondo de Construcciones y Alojamiento. El crédito de esta partida asciende a 365.000 francos suizos.
290.7. Contribuciones a diferentes órganos del sistema común de las Naciones Unidas y comisiones interorganismos. Pueden desglosarse de la manera siguiente:
– Dependencia Común de Inspección (405.000 dólares)
– Comité Consultivo en Cuestiones Administrativas (98.200 dólares)
– Comité Consultivo en Cuestiones de Programas y de Operaciones (42.290 dólares)
– Comisión de Administración Pública Internacional (636.000 dólares)
– Comité de Coordinación de los Sistemas de Información (80.000 dólares)
– Oficina del Coordinador de asuntos de seguridad de las Naciones Unidas (70.000dólares)
– Servicio Médico Común (1.058.000 dólares).
La asignación total de aproximadamente 2.400.000 dólares comprende las contribuciones de la OIT a estas entidades del sistema común de las Naciones Unidas.
290.8. Gastos de auditoría externa. Esta partida, que asciende a 655.000 dólares, incluye los gastos de comprobación de todos los fondos que se encuentran bajo custodia del Director General (presupuesto ordinario, PNUD, fondos fiduciarios, cuentas extrapresupuestarias y todas las demás cuentas especiales). También se incluyen en este subprograma los gastos que supone la participación de los interventores de la OIT en las actividades del Grupo de Auditores Externos de las Naciones Unidas y los organismos especializados.
290.9. Tribunal Administrativo. Los recursos que se asignan a esta partida se destinan a sufragar los gastos de secretaría del Tribunal Administrativo, así como de parte de los costos correspondientes al empleo de un secretario adjunto y a tareas administrativas de apoyo, un pequeño crédito para misiones y la traducción de la documentación relativa a los casos de los que se ocupa el Tribunal. Como en bienios anteriores, los restantes gastos que suponen las funciones del secretario adjunto, los costos de otros trabajos de traducción, el mantenimiento de una base de datos informática sobre la jurisprudencia del Tribunal, los servicios administrativos de apoyo y los honorarios y gastos de viaje de los jueces se comparten con las otras organizaciones que aceptan la jurisdicción del Tribunal. En marzo de 1999 se presentará un documento separado a la Comisión de Programa, Presupuesto y Administración acerca de posibles cambios en la metodología utilizada para compartir estos costos. A reserva de la decisión de la Comisión y de lo que se acuerde con otras organizaciones, se ha mantenido este crédito al mismo nivel que en el bienio anterior.
290.10. Representación del personal. En virtud del artículo 10.1 del Estatuto del Personal, se concede tiempo libre a los miembros del Comité del Sindicato del Personal para representar al personal de la Oficina en cuestiones relacionadas con las condiciones de trabajo y de empleo. Como en bienios anteriores, se propone un crédito de 4/00 años de trabajo de los servicios orgánicos y 1/00 año de trabajo de los servicios generales para sufragar parte de los gastos que supone el reemplazo de los miembros del Comité del Sindicato en las dependencias en que normalmente prestan servicio. Se destinan 2/00 años de trabajo adicionales de los servicios generales a la secretaría del Sindicato.
290.11. Escuela Internacional de Ginebra. Como en el pasado, la contribución a la Escuela Internacional de Ginebra asciende a 88.400 francos suizos.
290.12. Contribución a la guardería de la OIT. Se ha incluido provisionalmente un subsidio de unos 185.000 dólares para cubrir los costos de funcionamiento de la guardería de la OIT; esta instalación estará situada dentro de los locales de la OIT y estará a disposición de los miembros del personal de la OIT y de los delegados que asisten a reuniones de la OIT. Este subsidio dependerá de la decisión de crear una guardería. En la reunión de marzo de 1999 se presentará un documento separado a la Comisión de Programa, Presupuesto y Administración del Consejo de Administración acerca de la creación y administración de la guardería.
290.13. Adeudos por liquidar. Se asigna la suma de 2.000 dólares para el pago en 2000-2001 de las transacciones correspondientes a años anteriores, que no sería procedente pagar con cargo a ninguna otra partida del presupuesto. Esta asignación está en conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento Financiero.
1. En esta partida se asignan créditos para gastos imprevistos y extraordinarios, es decir, los que pueden producirse cuando, a raíz de las decisiones tomadas por el Consejo de Administración con posterioridad a la adopción del presupuesto, o por cualquier otro motivo, un crédito presupuestario aprobado no alcanza a cubrir el gasto previsto; o cuando el Consejo de Administración aprueba algún trabajo o actividad cuya financiación no se ha previsto en el presupuesto.
2. De conformidad con el artículo 15 del Reglamento Financiero, ninguna parte de los recursos asignados a esta partida podrá destinarse a otro objeto si no media autorización expresa del Consejo de Administración.
3. El total de los gastos adicionales autorizados por el Consejo de Administración en los ejercicios económicos recientes se desglosa de la manera siguiente:
Ejercicio económico |
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Dólares de Estados Unidos |
1990-1991 |
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8.804.500 |
1992-1993 |
|
2.325.000 |
1994-1995 |
|
1.378.500 |
1996-1997 |
|
438.900 |
4. Normalmente, estas autorizaciones preveían que los gastos imprevistos se financiasen en primer lugar, y en la medida de lo posible, mediante ahorros presupuestarios; en su defecto, recurriendo al crédito previsto en esta partida; y, una vez agotado dicho crédito, retirando la suma necesaria del Fondo de Operaciones.
5. El Consejo de Administración, en su 221.areunión (noviembre de 1982), aprobó la propuesta del Director General de que el crédito de esta partida se fijase a un nivel más realista. Sin embargo, habida cuenta de la actual situación de restricción financiera, no ha sido posible aumentar el volumen del mismo. En consecuencia, el Director General, sin dejar de tener presente la necesidad de que este crédito siga representando una proporción razonable del presupuesto total, propone que se mantenga el nivel previsto para 1998-1999, esto es, 875.000 dólares.
El Fondo de Operaciones se creó para servir los siguientes fines, recogidos en el párrafo 1 del artículo 19 del Reglamento Financiero:
a)financiar los gastos presupuestarios, en espera del pago de las contribuciones o de otros ingresos, y
b)en casos excepcionales, previa autorización del Consejo de Administración, proporcionar anticipos con que hacer frente a necesidades imprevistas y a circunstancias excepcionales.
Nivel del Fondo de Operaciones
La 80.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (1993) fijó el nivel del Fondo de Operaciones en 35 millones de francos suizos al 1.° de enero de 1993.
Reembolso de las sumas retiradas
Con arreglo a las actuales disposiciones del párrafo 2 del artículo 21 del Reglamento Financiero, todo exceso de gastos presupuestarios respecto de los ingresos presupuestarios para el bienio 1998-1999 debería financiarse con sumas retiradas del Fondo de Operaciones. Debería asignarse en esta parte del presupuesto un crédito destinado a reembolsar las sumas retiradas y cuyo monto sería prorrateado entre los Estados Miembros en 2001.
No obstante lo anterior, la Conferencia decidió en su 82.ª reunión (1995) que el párrafo 2 del artículo 21 del Reglamento Financiero fuera objeto de una excepción a fin de introducir (a título experimental y únicamente para los ejercicios económicos 1994-1995, 1996-1997 y 1998-1999) un mecanismo para el reembolso, en el curso del bienio o bienios siguientes, de toda suma retirada del Fondo de Operaciones para financiar un déficit de tesorería directamente imputable a una insuficiencia de los ingresos, aplicando para ello los pagos que se recibieran en concepto de contribuciones atrasadas. Las disposiciones del párrafo2 del artículo 21 a que se refiere el párrafo 296.3 se aplicarán sólo a aquella parte del déficit de tesorería que sea imputable a un exceso de gastos resultante de las partidas de gastos adicionales autorizadas por el Consejo de Administración. En consecuencia, no se espera que sea necesario asignar ningún crédito en esta parte del presupuesto durante el bienio 2000-2001.