GB.274/STM/2/2 |
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Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas |
STM |
SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Curso que ha de darse a las recomendaciones
de las reuniones sectoriales
b) Reunión tripartita sobre la repercusión de las disposiciones
sobre flexibilidad de los mercados de trabajo
en las industrias mecánicas, eléctricas y electrónicas
(Ginebra, 26-30 de octubre de 1998)
1. La Reunión tripartita sobre la repercusión de las disposiciones sobre flexibilidad de los mercados de trabajo en las industrias mecánicas, eléctricas y electrónicas tuvo lugar en Ginebra, del 26 al 30 de octubre de 1998 bajo la presidencia del Sr. Arbesser-Rastberg (miembro empleador del Consejo de Administración).
2. La Reunión examinó un informe preparado por la Oficina Internacional del Trabajo, titulado Repercusión de las disposiciones sobre flexibilidad de los mercados de trabajo en las industrias mecánicas, eléctricas y electrónicas(1) .
3. La Reunión adoptó por unanimidad el conjunto de conclusiones sobre la repercusión de las disposiciones sobre flexibilidad de los mercados de trabajo en las industrias mecánicas, eléctricas y electrónicas así como una Resolución sobre la creación de empleo en las industrias mecánicas, eléctricas y electrónicas ante la crisis económica mundial.
4. Estos textos, junto con un resumen de las labores de la Reunión, figuran en la Nota sobre las labores que se adjunta como anexo al presente documento(2). Los párrafos 10 y 14 de las conclusiones y el párrafo dispositivo de la resolución requieren una acción por parte de la OIT.
5. La Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas y Cuestiones Afines tal vez considere oportuno recomendar que el Consejo de Administración autorice al Director General a comunicar la Nota sobre las labores donde figuran los textos mencionados en el párrafo 3:
6. La Comisión de Reuniones Sectoriales y Técnicas y Cuestiones Afines tal vez considere oportuno recomendar que el Consejo de Administración pida al Director General que tenga presentes, al elaborar las propuestas para el futuro programa de trabajo de la Oficina, los deseos expresados por la Reunión en los párrafos 10 y 14 de las conclusiones y en los correspondientes apartados de las resoluciones.
Ginebra, 28 de enero de 1999.
Puntos que requieren decisión:
párrafo 5;
párrafo 6.
1. Documento TMMEI/1998.
2. Documento TMMEI/1998/10.