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GB.276/3
276.a reunión
Ginebra, noviembre de 1999


TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA

Nombramiento del Grupo de Expertos establecido de acuerdo
con la sección II, B del anexo a la Declaración de la OIT relativa
a los principios y derechos fundamentales en el trabajo

1. El seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo prevé la posibilidad de que el Consejo de Administración nombre a un «Grupo de Expertos» cuyo cometido sería prestar asistencia para la presentación de una introducción a la información recibida en el marco del seguimiento anual, y llamar la atención sobre cualquier aspecto que pudiera requerir una discusión más detallada(1) .

2. El mandato de este Grupo, tal y como lo acordó el Consejo de Administración en su 274.ª reunión(2) , es el siguiente:

3. La naturaleza y composición de este Grupo ha sido objeto de largos debates en diversas ocasiones, incluida la 86.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, las 273.ª (noviembre de 1998) y 274.ª (marzo de 1999) reuniones del Consejo de Administración, y consultas oficiosas tripartitas y de otro tipo(3) . A raíz de estas reuniones, quedó claro que los miembros de este Grupo habrían de contar con la confianza de todos los mandantes sobre la base de su imparcialidad. Deberían ser independientes, ser seleccionados a título personal y no representar a ningún grupo concreto. Estas personas eminentes deberían disponer de las competencias, calificaciones y experiencia indispensables en los amplios ámbitos sociales y económicos pertinentes a efectos de la Declaración. El Grupo debería estar equilibrado en términos de antecedentes profesionales y académicos, de diversidad regional, etc. No deberían estar vinculados actualmente a la OIT, ya sea como empleados o ejerciendo responsabilidades oficiales en nombre de gobiernos o de los interlocutores sociales (esto es, miembros en activo del Consejo de Administración, miembros jubilados que continúen participando en una actividad que pudiera suponer un conflicto de intereses, o delegados a la Conferencia); y no deberían ejercer ninguna otra función ante la OIT o sus diversos órganos.

4. Tras discutir varias propuestas acerca del método de selección del Grupo de Expertos, el Consejo de Administración decidió en su 274.ª reunión (marzo de 1999) «pedir al Director General que le presente propuestas concretas con miras al nombramiento de sus miembros en noviembre de 1999, a más tardar»(4) . Quedó entendido que las consultas se llevarían a cabo de manera oficiosa pero transparente. Las consultas se iniciaron en abril de 1999 con los coordinadores regionales. Se informó a los mandantes que la Oficina estaba dispuesta a recibir las sugerencias que desearan formularle, y que recurriría asimismo a otros procedimientos establecidos para identificar a posibles miembros de este Grupo. Una vez que se dispuso de un número razonable de historiales profesionales, se prosiguieron las consultas con los coordinadores regionales y los interlocutores sociales. La lista que a continuación se facilita es el resultado de dichas consultas de amplio alcance.

5. En consecuencia, el Director General somete al Consejo de Administración la siguiente lista de siete personas para que actúen en calidad de expertos consejeros en el marco del seguimiento de la Declaración. En el anexo al presente documento figuran breves biografías de estos expertos consejeros.

6. El Director General propone además que se nombre a los Expertos Consejeros por un período inicial, y que el Consejo de Administración vuelva a examinar la situación a más tardar en su reunión de noviembre del año 2001.

7. Se invita al Consejo de Administración:

8. El Consejo de Administración también tiene que decidir el nombre que se dará a este Grupo de modo que refleje su mandato y la naturaleza de las funciones que tendrá que realizar. Los términos «OIT» y «Declaración» aparecen con el fin de aportar visibilidad y de distinguir a este Grupo de los demás de la Organización. El Director General desea hacer la siguiente proposición que se facilita, en aras de la claridad, en los tres idiomas de trabajo:

9. Se invita al Consejo de Administración a que apruebe el nombre de este Grupo.

Ginebra, 12 de noviembre de 1999.

Puntos que requieren decisión:


1.  Anexo a la Declaración, II.B.3 y documento GB.274/2, párrafos 16 y 22.

2.   Documento GB.274/2, párrafos 22.

3.   Documentos GB.273/3, párrafos 19-21 y GB.274/2, párrafos 16-18.

4.   Documento GB.274/2, párrafo 23.


Anexo

Breves biografías de las personas cuyo nombramiento se propone como expertos
consejeros en el marco del seguimiento de la Declaración de la OIT relativa
a los principios y derechos fundamentales en el trabajo

Sr. Ahmed El Borai (Egipto)

Profesor y jefe del Departamento de Derecho del Trabajo, Facultad de Derecho, y Director del Centro de Relaciones Laborales, Universidad de El Cairo. Miembro de la Comisión de Expertos de la Organización Arabe del Trabajo. Con anterioridad, fue representante de Egipto ante la UNESCO y consultor del PNUD, la OIT y la OAT. Autor de libros y artículos en árabe y francés sobre derecho del trabajo y administración laboral. Títulos: Licenciado en Derecho, Universidad de El Cairo; Diploma de postgrado y Doctorado de Estado (Derecho Público), Universidad de Rennes (Francia).

Sra. Mária Ladó (Hungría)

Directora del Instituto de Investigaciones Laborales (ILR), Budapest, y jefa del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Política Social. Con anterioridad, fue jefa del Servicio de Estudios sobre Relaciones Laborales e investigadora (Research Fellow) en el ILR, así como ingeniera de producción para VBKM Electronics. Prestó servicios de consultoría sobre cuestiones de mercado de trabajo y de relaciones laborales al Banco Mundial, a la OIT y a otras instituciones. Autora de numerosas publicaciones en inglés y en húngaro. Títulos: Título de ingeniería y diploma de postgrado en ingeniería de empresa, Universidad Técnica, Budapest; Doctorado en Sociología, Universidad de Economía Karl Marx (la actual Universidad de Economía de Budapest).

Sra. Nora Lustig (Argentina/México)

Consejera principal y jefa del servicio encargado del asesoramiento en materia de pobreza y desigualdad, Banco Interamericano de Desarrollo (Washington, D.C.). Subdirectora a título temporal de la publicación del Banco Mundial titulada Informe sobre el desarrollo mundial 2000-2001: Combatir la pobreza. Presidenta de la Asociación de Economía de Latinoamérica y el Caribe, y Asociada Principal no residente (Non-Resident Senior Fellow) de la Brookings Institution, donde prestó anteriormente sus servicios como Asociada Principal (Senior Fellow). Con anterioridad fue profesora de economía del Colegio de México (Ciudad de México). Autora de numerosas publicaciones en inglés y español sobre cuestiones relacionadas con la pobreza y el desarrollo. Títulos: Licenciada y Master en Letras, y Doctora en Economía, Universidad de California, Berkeley.

Sra. Zoe Mumbi Tambo (Zambia)

Directora ejecutiva del Centro Africano para la Democracia y los Estudios sobre Derechos Humanos, Banjul (Gambia). Anteriormente fue Directora de Programa del Centro; jefa del Servicio de Estadística Laboral del Ministerio de Trabajo de Zambia; y Coordinadora del Equipo para Actividades en Africa Meridional, Movimiento Internacional de Estudiantes Católicos. Miembro de la Comisión Nacional de Gambia para la UNESCO. Autora de documentos y conferencias sobre la mujer, la juventud, el desarrollo, la gestión de organizaciones no gubernamentales y la democratización. Títulos: Licenciada en Administración Pública y Sociología, Universidad de Gambia; diploma en Demografía, Universidad de Ghana.

Sr. Jean-Jacques Oechslin (Francia)

Jubilado; con anterioridad Presidente del Comité Ejecutivo de la Organización Internacional de Empleadores (OIE), Secretario General Adjunto y Secretario Ejecutivo de la OIE, y Director y jefe de la Sección de Asuntos Internacionales del Consejo Nacional de Empleadores Franceses. Fue Presidente y Vicepresidente del Consejo de Administración de la OIT, Presidente de la Comisión Social de la Unión de Confederaciones de Industriales de Europa, y portavoz empleador del Comité Permanente en materia de Empleo de la Comunidad Europea. Títulos: Diploma y Doctorado de Derecho por el Instituto de Estudios Políticos de París.

Sra. M.A. Roldan-Confesor (Filipinas)

Consejera Presidencial para el Desarrollo de los Recursos Humanos y Asuntos Laborales Internacionales, Oficina del Presidente, Gobierno de Filipinas, y profesora del Instituto Asiático de Dirección (Asian Institute of Management) y de la Academia del Desarrollo de Filipinas (Development Academy of the Philippines). Con anterioridad, fue Secretaria de Mano de Obra y Empleo y funcionaria de carrera del Departamento de Mano de Obra y Empleo. Asumió la presidencia de varios grupos nacionales, de la reunión de Ministros de Trabajo de la ASEAN y del Consejo de Administración de la OIT. Títulos: Master de Política y Administración Públicas, Universidad de Harvard; Master de Dirección de Empresas, Ateneo de la Universidad de Manila; Licenciada del Maryknoll College.

Sr. Robert White (Canadá)

Jubilado; anteriormente Presidente del Congreso del Trabajo del Canadá y Vicepresidente de la organización sindical United Auto Workers Union. También fue Presidente de la Comisión Sindical Consultiva (TUAC) ante la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), Presidente del Consejo Sindical de la Commonwealth, y Presidente del Comité de Derechos Humanos y Sindicales de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres. Títulos: títulos honoríficos de la Universidad de York, la Universidad de Windsor y St. Francis Xavier.


Puesto al día por VC. Aprobada por RH. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.