GB.276/8 |
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OCTAVO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA
Queja relativa a la observancia por Colombia del Convenio
sobre la libertad sindical y la protección del derecho
de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre
el derecho de sindicación y de negociación colectiva,
1949 (núm. 98), presentada por varios delegados
a la 86.ª reunión (1998) de la Conferencia en virtud
del artículo 26 de la Constitución de la OIT
1. En su reunión de marzo de 1999, el Comité de Libertad Sindical examinó y formuló conclusiones y recomendaciones sobre los casos núms. 1787, 1948, 1955, 1962, 1964, 1973 y 2015, relativos a Colombia. Formuló también recomendaciones sobre la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT(1) .
2. En su reunión de junio de 1999, el Comité pidió al Gobierno que enviara un informe detallado para el 1.º de septiembre de 1999 a fin de presentar un nuevo informe sobre el fondo de estos asuntos al Consejo de Administración en su reunión de noviembre de 1999(2) .
3. Desde entonces, se han presentado al Comité dos nuevos casos (núms. 2046 y 2051). Estos casos fueron aplazados por el Comité en su reunión de noviembre de 1999.
4. En su presente reunión, el Comité de Libertad Sindical ha sometido al Consejo de Administración un nuevo informe sobre estos asuntos(3) .
5. Se invita al Consejo de Administración a que adopte decisiones sobre el curso a dar a la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución.
Ginebra, 12 de noviembre de 1999.
Punto que requiere decisión: párrafo 5.
1. Documento GB.274/8/2.
2. Documento GB.275/4/1, párrafo 10.
3. Documento GB.276/7/2.