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GB.276/PFA/14/2
276.a reunión
Ginebra, noviembre de 1999


Comisión de Programa, Presupuesto y Administración

PFA


DECIMOCUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA

Cuestiones relacionadas con las pensiones

Informe del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas

1. El Comité Permanente del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas («el Comité») celebró su 182.º período de sesiones en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, del 13 al 16 de julio de 1999. El Comité Permanente se ocupó principalmente de las siguientes cuestiones: gestión de las inversiones de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas («la Caja»); diversas hipótesis para la próxima valoración actuarial de la Caja; derecho a la prestación de cónyuge supérstite; situación a efectos de las pensiones de los antiguos funcionarios internacionales en la ex Unión Soviética, la RSS de Ucrania y la RSS de Bielorrusia, y disposiciones presupuestarias de la Caja para 2000-2001, con inclusión de los gastos administrativos. Se pueden solicitar copias del informe del Comité Permanente.

Inversiones

2. Los ingresos en concepto de inversiones son importantes para la Caja dado que los gastos administrativos y los pagos de prestaciones que se efectúan anualmente exceden el total de las contribuciones. El valor de mercado del activo de la Caja ascendía el 31 de marzo de 1999 a 22.200 millones de dólares de los Estados Unidos, lo cual supone un incremento del 10 por ciento con respecto al año anterior. El rendimiento total correspondiente al período de 12 meses que va hasta el 31 de marzo de 1999 fue del 11,3 por ciento, lo que supone un rendimiento del 9,2 por ciento una vez efectuado el ajuste de acuerdo con la inflación. Durante ese período, aproximadamente el 65 por ciento del activo de la Caja se invirtió en acciones. El rendimiento fue del 13,9 por ciento sobre las acciones, del 9,9 por ciento sobre las reservas a corto plazo, del 6,5 por ciento sobre los bonos y del 4,8 por ciento sobre las inversiones inmobiliarias. El rendimiento total acumulativo correspondiente a los últimos 5, 10 y 25 años fue en promedio el 12,8, el 11,3 y el 11,1 por ciento respectivamente. Estas cifras se consideran excelentes habida cuenta del bajo nivel de riesgo que se exige mantener a la Caja. Dado que los gastos de administración de las inversiones y de asesoramiento en la materia se basan en un porcentaje fijo del valor de mercado del activo y contribuyen de manera considerable al total de los gastos administrativos, el Comité Permanente solicitó a los administradores de las inversiones de la Caja que entablaran negociaciones más firmes respecto de dichos gastos con el fin de reducirlos lo más posible.

Valoración actuarial

3. Las valoraciones actuariales de la Caja se llevan a cabo habitualmente cada dos años. La finalidad primordial de las mismas consiste en determinar si el activo de la Caja y la tasa de las aportaciones permitirán hacer frente a las obligaciones estimadas. La última valoración actuarial para el período de dos años que culminó el 31 de diciembre de 1997 indicó que por primera vez en 20 años la Caja había logrado un pequeño superávit equivalente al 0,36 por ciento del total de la remuneración pensionable. Este superávit debe considerarse con cautela ya que el importante rendimiento de las inversiones y las fluctuaciones de los tipos de cambio que se registraron recientemente tuvieron un efecto positivo en la situación actuarial. Cabe señalar que algunas de las mejoras en las prestaciones adoptadas por el Comité en 1998 (reducción del umbral para el ajuste por costo de vida y de la tasa de interés utilizada para calcular el pago en capital) dependen de la continuidad de dicho superávit en los próximos años.

4. El resultado de la 25.ª valoración actuarial de la Caja correspondiente al período de dos años que finaliza el 31 de diciembre de 1999 será analizado por la Caja en su próxima reunión en el mes de julio del año 2000. Tal como recomendaron los actuarios de la Caja, el Comité Permanente aprobó cambios en algunos de los supuestos de carácter económico, así como en relación con el aumento del número de participantes, cuyo costo actuarial ascendió al 0,5 por ciento de la remuneración pensionable. Los gastos administrativos de la Caja han aumentado del 0,18 al 0,24 por ciento de la remuneración pensionable durante los últimos 15 años, y alcanzan ahora el límite máximo fijado hace varios años. Se sigue de cerca la evolución de estos gastos y, de ser necesario, se procederá a ajustar las hipótesis actuariales en el futuro. Si la situación actuarial de la Caja siguiera siendo positiva, el próximo año el Comité volvería a examinar algunas de las medidas de ahorro que se pusieron en práctica durante el decenio de 1980 para corregir un déficit que la Caja registró por primera vez en 1978. El Comité Permanente decidió a este respecto que era prematuro dar prioridad a determinadas cuestiones en particular, y expresó su punto de vista según el cual no se debería indexar la prestación de jubilación diferida, y los afiliados que quiten la Caja antes de cumplir los 55 años de edad deberían poder transferir sus derechos de pensión. Cabe señalar que el Comité de Pensiones del Personal de la OIT preparará un documento sobre los acuerdos en caso de transmisión de derechos para que el Comité pueda examinarlo en su próxima reunión.

Derecho a la prestación de cónyuge supérstite

5. Tal como se informó el pasado mes de noviembre(1) , el Comité Mixto enmendó el reglamento de la Caja para abolir el requisito de que cese el pago de la pensión de cónyuge supérstite cuando el viudo o la viuda vuelven a casarse y para introducir una pensión de cónyuge supérstite en los casos de divorcio y posterior matrimonio, con efecto a partir del 1.º de abril de 1999. El Comité Mixto estipuló además una «facilidad de pago» en relación con las obligaciones derivadas de las órdenes de pago de la pensión alimentaria emitidas por un tribunal nacional, previo consentimiento del afiliado o del beneficiario interesado. (No se tomaron disposiciones con respecto a la repartición de la pensión de cónyuge supérstite en los casos de divorcio, ya que el Comité considera que esta cuestión debe ser resuelta por las autoridades nacionales competentes.)

6. Aunque la cuestión relativa a lo que debe considerarse como derecho de los cónyuges es algo compleja, hubo consenso en el Comité Permanente acerca de la necesidad de seguir avanzando en ese sentido a fin de reflejar los cambios y la evolución de carácter social en el ámbito nacional. A tales efectos, el Comité Permanente solicitó al Comité Mixto que examinara las siguientes cuestiones en julio de 2000:

7. Con respecto a las parejas que no están casadas, la Caja reconoce actualmente los matrimonios que han sido reconocidos como tales por la organización empleadora. Pero varios países, particularmente en el Norte de Europa, han reconocido como tales a las parejas que han convivido durante largo tiempo sin contraer matrimonio, y se supone que esta tendencia ha de mantenerse. En un contexto más amplio, las políticas de personal en relación con las parejas que no están casadas son objeto de examen en las organizaciones afiliadas y, en el plano del sistema común, el Comité Consultivo en Cuestiones Administrativas (CCCA) ha aprobado un marco para abordar de manera sistemática las cuestiones pertinentes. La Oficina se propone avanzar a ese respecto y ha de participar activamente en las discusiones que se celebren en el Comité de Pensiones y en otros órganos pertinentes del sistema común.

Problemas relacionados con la aplicación de los acuerdos sobre transmisión de derechos
entre la Caja y la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, la ex República
Socialista Soviética de Ucrania y la ex República Socialista Soviética de Bielorrusia

8. Este problema está planteado desde que se suspendió la aplicación de los acuerdos sobre la transmisión de derechos en 1990. Los antecedentes de la cuestión se facilitaron en documentos anteriores(2) . En 1996, el Comité aprobó un nuevo acuerdo entre la Caja y el Gobierno de la Federación de Rusia para restaurar los derechos de pensión para los antiguos participantes de la ex URSS que tuvieran más de cinco años de afiliación a la CCPNU. Esto estaba condicionado a que se recibiera un pago del Gobierno por un valor equivalente al total de los costos actuariales correspondientes. De aplicarse, este acuerdo beneficiaría a 450 personas aproximadamente. La situación de las personas con menos de cinco años de servicio y la de los ciudadanos de las otras dos repúblicas debía considerarse en una segunda etapa. No obstante, el acuerdo no se ratificó oficialmente y tampoco se transfirió el dinero correspondiente a la Caja.

9. Un representante de la sección de Moscú de la Federación de Asociaciones de ex Funcionarios Públicos Internacionales (FAFICS) indicó que la mayoría de los ex participantes interesados se oponían a la solución interna propuesta recientemente por la Federación de Rusia, ya que sólo complementaría las actuales pensiones estatales con una suma muy modesta. El representante de la Federación de Rusia ante la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró que en el caso de que el Gobierno no pudiese aplicar la solución interna el año próximo, se mantendría «en el orden del día» la ratificación del acuerdo propuesto con la Caja.

10. Cabe señalar que la CCPNU tiene un fondo especial para casos de emergencia a fin de proporcionar ayuda a los beneficiarios que se encuentran en una situación muy difícil ya sea desde el punto de vista financiero o médico. Los antiguos afiliados de estas tres repúblicas no son beneficiarios, ya que percibieron una liquidación por retiro de la Caja. No obstante, habida cuenta de la edad avanzada de algunos de esos antiguos afiliados y de que se considera que la Caja tiene una obligación moral para con ellos, el Comité de Pensiones del Personal de la OIT, los representantes de los afiliados y la FAFICS propusieron pagar unas «prestaciones» limitadas con recursos procedentes del fondo de emergencia hasta que se encontrase una solución definitiva. Los miembros del Comité Permanente estimaron que la obligación de restituir esos derechos de pensión incumbía exclusivamente a los gobiernos correspondientes y manifestaron su reserva con respecto a la adopción de una práctica que podría considerarse como un precedente. El Comité examinará esto en julio de 2000, teniendo en cuenta las consecuencias desde el punto de vista jurídico y financiero que puede tener la utilización de recursos del fondo de emergencia y cualquier otra dificultad que pueda surgir en el caso de ponerse en práctica esa propuesta. De ser aceptada, dicha propuesta tendría que ser aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Estados financieros y disposiciones presupuestarias

11. El Comité Permanente examinó los estados financieros de la Caja correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 1998. El presupuesto revisado para el bienio de 1998-1999 ascendió a 57.514.000 dólares de los Estados Unidos, o sea 3.282.800 dólares más que la cantidad aprobada en 1998. Este aumento representó también mayores gastos en concepto de honorarios por la gestión de las inversiones debido al incremento del activo de la Caja.

12. Las estimaciones presupuestarias presentadas para el bienio 2000-2001 ascendían a 62.339.900 dólares de los Estados Unidos. Con excepción de 15.000 dólares de los Estados Unidos para los gastos de auditoría, el Comité Permanente aprobó el resto del presupuesto (una suma total de 62.324.900 dólares). Los gastos administrativos han aumentado en aproximadamente un 7 por ciento desde el bienio anterior. Este incremento se debe en parte a la modificación de los acuerdos en la repartición de los gastos administrativos entre la Caja y la Secretaría de las Naciones Unidas, con efecto a partir del 1.º de enero de 1999(3) . El Comité Permanente aprobó recursos adicionales para hacer frente al incremento del número de participantes y beneficiarios, así como para proceder a la descentralización de varias funciones de la Oficina de la Caja en Ginebra. Se sugirió que parte de esos recursos podría destinarse a la labor de «reestructuración» y a la evaluación de la tecnología de la información. La estructura de las operaciones de la Secretaría de la Caja y los costos correspondientes son motivo de inquietud, y el Comité examinará la orientación estratégica a mediano plazo de la Caja en su próxima reunión. Esto forma parte de un esfuerzo más amplio tendente a racionalizar y modernizar las actividades de la Caja que se lleva a cabo desde 1996, en gran parte a raíz de la insistencia del Comité de Pensiones del Personal de la OIT.

Otras cuestiones

13. El Comité Permanente examinó el derecho de un antiguo afiliado de la OIT a una prestación de incapacidad que el Secretario de la Caja no había podido certificar por motivos médicos. El Comité Permanente apoyó unánimemente la decisión tomada por el Comité de Pensiones del Personal de la OIT y concedió la prestación de incapacidad con efecto retroactivo.

14. El Secretario del Comité se jubilará el 31 de diciembre de 2000. El Comite Permanente aprobó el mandato correspondiente a efectos de proceder a elegir a su sucesor, lo cual está en curso. El Comité procederá en julio de 2000 a una votación para elegir a uno de los candidatos preseleccionados.

15. La próxima reunión del Comité tendrá lugar del 5 al 14 de julio de 2000, en Ginebra, en la sede de la Organización Meteorológica Mundial (OMM).

Ginebra, 3 de octubre de 1999.


1.  Documento GB.273/PFA/12/2.

2.  Documentos GB.267/PFA/13 y GB.273/PFA/12/2.

3.  Documento GB.273/PFA/12/2.


Puesto al día por VC. Aprobada por RH. Ultima actualización: 26 de febrero de 2000.